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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) compartió el calendario tributario de 2025, es decir, las fechas en las que miles de personas naturales deberán presentar su declaración de renta por el año gravable 2024.

Esta obligación aplica incluso para quienes no tengan impuestos a pagar, pero superaron ciertos límites en ingresos, consumos o patrimonio. Quienes no cumplan a tiempo deberán pagar multas que pueden superar los $498.000, y aumentan según el tiempo de retraso.

¿Cuándo me toca declarar Renta ante la DIAN según mi cédula?

La DIAN estableció que los plazos para presentar la declaración de renta iniciarán el próximo 12 de agosto y se extenderán hasta el 24 de octubre. Cada contribuyente deberá tener en cuenta los dos últimos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT), sin contar el dígito de verificación.

Estas son las fechas del calendario de renta DIAN de agosto 2025:

  • NIT terminados en 01 y 02: 12 de agosto.
  • NIT terminados en 03 y 04: 13 de agosto.
  • NIT terminados en 05 y 06: 14 de agosto.
  • NIT terminados en 07 y 08: 15 de agosto.
  • NIT terminados en 09 y 10: 19 de agosto.
  • NIT terminados en 11 y 12: 20 de agosto.
  • NIT terminados en 13 y 14: 21 de agosto.
  • NIT terminados en 15 y 16: 22 de agosto.
  • NIT terminados en 17 y 18: 25 de agosto.
  • NIT terminados en 19 y 20: 26 de agosto.
  • NIT terminados en 21 y 22: 27 de agosto.
  • NIT terminados en 23 y 24: 28 de agosto.
  • NIT terminados en 25 y 26: 29 de agosto.

Presentar la declaración fuera de ese plazo activa sanciones automáticas. Esto aplica aunque el formulario indique que no hay valor a pagar.

¿Cómo averiguar si debo declarar Renta en la DIAN?

Están obligadas a declarar renta en 2025 todas las personas naturales que en el año calendario 2024 hayan superado uno o más de los siguientes umbrales:

  • Ingresos brutos iguales o superiores a $65.891.000.
  • Consumos con tarjeta de crédito por $65.891.000 o más.
  • Compras o consumos totales iguales o mayores a $65.891.000.
  • Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones por más de $65.891.000.
  • Patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2024 igual o superior a $211.792.500.

¿Qué pasa si no declaro renta ante la DIAN?

No presentar la declaración de renta en los tiempos establecidos puede generar sanciones considerables, incluso cuando el formulario no indica saldo a pagar. Según el Estatuto Tributario, estas son las principales sanciones:

  • Sanción por extemporaneidad (Art. 641): 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso. En 2025, la multa mínima será de $498.000.
  • Sanción por no declarar (Art. 643): 20% del valor de los ingresos o consignaciones no reportadas, sin bajar de $498.000.
  • Interés adicional: si la persona no cumple después de una notificación oficial, se suma una sanción del 10% adicional (Art. 642).

¿Cómo hago mi declaración de la Renta?

Para diligenciar la declaración correctamente, es necesario contar con los siguientes soportes:

  • Certificados bancarios, extractos y reportes de inversiones.
  • Certificados de ingresos y retenciones de empleadores.
  • Facturas electrónicas de compras deducibles.
  • Escrituras, recibos de impuestos y avalúos de bienes inmuebles o vehículos.
  • Certificados de aportes a salud, pensión, donaciones y seguridad social.
  • Reportes de billeteras digitales como Nequi, Daviplata, Tpaga, entre otros.

¿Qué hacer si está obligado a declarar renta?

Si ya verificó que debe declarar renta en 2025, estos son los pasos clave:

  • Confirme la fecha límite de acuerdo con su NIT.
  • Reúna todos los documentos exigidos.
  • Acceda a la plataforma Muisca de la DIAN y diligencie el formulario 210.
  • Firme electrónicamente y presente la declaración.
  • Realice el pago, si corresponde, antes del vencimiento.