

Los conductores mayores de 65 años en Colombia deben prepararse con antelación para la renovación de su licencia de conducción. La normativa vigente exige la acreditación de aptitud física, mental y de coordinación motriz a través de un examen en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado.
El Ministerio de Transporte establece, mediante la Resolución 217 de 2014, los lineamientos para la emisión de dichos certificados de aptitud, así como los aspectos que se evalúan (visión, audición, coordinación motriz, condiciones físicas y mentales, entre otros). Esta exigencia es aplicable a todos los conductores y se torna especialmente relevante en edades avanzadas debido a los períodos de validez más cortos.
Si el certificado no se encuentra registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), la autoridad competente no podrá proceder con la renovación del documento. Esta información es corroborada por las guías oficiales de la Alcaldía de Bogotá y la Ventanilla Única de Servicios, que también verifican el cumplimiento del requisito de estar a paz y salvo por infracciones.
Certificado en el RUNT: clave para la renovación
Para llevar a cabo la renovación, la entidad de tránsito verifica en el RUNT que usted posea un certificado vigente del examen físico, mental y de coordinación motriz emitido por un CRC y registrado a través del sistema SICOV. En caso de que el certificado no esté cargado o haya expirado, la solicitud será denegada. Asimismo, es imperativo que esté inscrito en el RUNT, presente su documento y no tenga comparendos pendientes (o cuente con un acuerdo de pago).
Es importante considerar un aspecto operativo que frecuentemente pasa desapercibido: el certificado médico tiene una vigencia máxima de 6 meses; si se permite que transcurra dicho periodo sin finalizar el trámite, será necesario repetir los exámenes.

¿Cada cuánto se renueva después de los 65 años y cuándo es anual?
Servicio particular (A y B):
- Menores de 60 años: cada 10 años.
- Entre 60 y 80 años: cada 5 años.
- Mayores de 80 años: anual.
Servicio público (C):
- Menores de 60 años: cada 3 años.
- Mayores de 60 años: anual.
La vigencia depende del tipo de servicio y de la edad:
No existe una “edad límite” que impida renovar por sí sola; lo determinante es cumplir con la aptitud médica y la periodicidad definida.
Guía 2025: evita perder tu licencia con estos pasos y costos
En Bogotá, la Ventanilla Única de Servicios publica para 2025 estas tarifas: $128.700 para automóvil y $222.100 para motocicleta (sujeto a ajustes locales). Consulte siempre el tarifario vigente antes de asistir.
- Agende su cita en la Ventanilla Única de Servicios o en el organismo de tránsito de su municipio.
- Realícese el examen en un CRC autorizado y confirme que el resultado quedó registrado en el RUNT.
- Verifique que no tenga multas pendientes.
- Cancele los derechos del trámite.
¿Qué analiza el examen médico y por qué detener la renovación?
La Resolución 217 de 2014 establece el estándar técnico para las evaluaciones del CRC y la expedición del certificado. Este organismo verifica que el conductor mantenga condiciones físicas, mentales, sensoriales y de coordinación que sean compatibles con una conducción segura.
En caso de que el resultado sea no apto, el sistema no permitirá la renovación del certificado hasta que se cumplan las condiciones que determine el profesional, tales como tratamientos, ayudas visuales/auditivas u otras medidas.
- Revise la fecha de vencimiento con anticipación y agende el CRC: recuerde la vigencia de 6 meses del certificado.
- Consulte su estado en el RUNT y salde multas, si aplica, antes de la cita.
- Si conduce servicio público o tiene más de 80 años, programe la renovación anual.
En síntesis: para los mayores de 65, el “fin” de la licencia ocurre cuando no se acredita la aptitud médica y el certificado no queda registrado en el RUNT. Con el examen al día, la renovación sigue siendo posible dentro de los plazos fijados por la ley.









