Arriendo: quienes residan esta cantidad de años pueden permanecer sin pagar renta
El arriendo en Colombia tiene varias disposiciones que benefician a los inquilinos, lo que le permitiría apropiarse de la vivienda.
Los propietarios de una vivienda que deseen ponerla en arriendo deben tomar precauciones especiales sobre la ley de alquileres en Colombia, en especial para evitar problemas con los inquilinos.
Y aunque existen normas que protegen a los arrendadores, por las facultades otorgadas para regular las condiciones del arriendo, la ley de alquileres podría permitir que el arrendatario se adueñe del inmueble.
Para que el inquilino pueda apropiarse de la propiedad deben cumplirse todas las condiciones, para luego poder reclamar el inmueble.
Murió la ley de alquileres: los inquilinos podrían adueñarse de la propiedad
A través de sus redes sociales, el abogado Jackson Peláez contó todo sobre cómo un inquilino puede quedarse con la propiedad en arriendo. Se trata de la prescripción adquisitiva de dominio, donde se establece que si una persona hace actos de dueño o posesión sobre la propiedad durante 10 años se lo puede apropiar.
Si el propietario desatiende el inmueble, teniendo el inquilino empezar a hacerse cargo de gastos e impuestos, pagar servicios, remodelaciones o mejoras, y es reconocido por sus vecinos como el dueño, el arrendatario podría presentarse ante un juez para pedir la propiedad.
Condiciones para que un inquilino se apropie del inmueble
- 10 años desatendido
- Ser reconocido como propietario por vecinos
- Tener a cargo impuestos y servicios
- Haber realizado remodelaciones o mejoras
¿Cómo evitar que el inquilino se quede con tu propiedad?
Para resguardarte de este tipo de acciones legales, en el contrato de arriendo se deben especificar las condiciones e intentar renovarlo cada cierto tiempo. Además, si un familiar o conocido se instala en el inmueble sin abonar un alquiler, también se debe de firmar un contrato donde se aclare la situación.
El propietario del inmueble debe asegurarse de que el contrato de arriendo sea por escrito, donde se incluya la duración del contrato, el monto de la renta y la forma de pago.