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La Cuota de Compensación Militar es una contribución económica que deben pagar los ciudadanos colombianos que, tras definir su situación militar, sean clasificados y no ingresen a prestar el servicio. La norma fija cómo se liquida este pago, quiénes están obligados a cancelarlo y cuáles son las consecuencias en caso de incumplimiento.

De acuerdo con la Ley 1184 de 2008, que regula la Cuota de Compensación Militar y fue incorporada posteriormente al régimen de reclutamiento vigente, quienes no paguen dentro de los plazos establecidos deberán asumir una sanción económica. Si la deuda persiste, la autoridad podrá iniciar un proceso de cobro por jurisdicción coactiva.

Ese procedimiento también contempla la posibilidad de adoptar medidas cautelares para garantizar el pago de la obligación, siempre conforme a las normas que regulan el cobro de deudas a favor del Estado.

Qué sucede si no se paga la cuota dentro del plazo establecido

Una vez queda en firme el recibo de liquidación, el ciudadano dispone de 90 días para cancelar la Cuota de Compensación Militar.

Si el pago no se realiza dentro de ese período, la ley establece una sanción equivalente al 30% del valor inicialmente liquidado.

La Cuota de Compensación Militar es una obligación económica prevista en la legislación colombiana para determinados ciudadanos que definen su situación militar.
La Cuota de Compensación Militar es una obligación económica prevista en la legislación colombiana para determinados ciudadanos que definen su situación militar. Freepik

Tanto la cuota como la sanción deberán pagarse durante los 60 días siguientes. Si transcurrido ese plazo la obligación continúa pendiente, la autoridad competente podrá iniciar un proceso de jurisdicción coactiva para recuperar la deuda.

¿Pueden embargar cuentas bancarias?

Sí, pero no de manera automática.

La ley señala que, una vez iniciado el proceso de jurisdicción coactiva, la obligación puede ser cobrada por la vía ejecutiva utilizando como título el recibo de liquidación de la cuota.

Dentro de ese procedimiento, y conforme a las normas que regulan el cobro coactivo en Colombia, la autoridad podrá decretar medidas cautelares, entre ellas el embargo de cuentas bancarias u otros bienes del deudor, cuando resulte procedente para garantizar el pago.

Cómo se calcula la Cuota de Compensación Militar

El valor de la contribución depende de la situación económica del ciudadano o, cuando exista dependencia económica, de sus padres o de quienes respondan por él.

Para calcular la cuota se tienen en cuenta dos componentes:

  • El promedio del Ingreso Base de Cotización (IBC) reportado en la PILA durante los dos últimos años o la fracción correspondiente.
  • El patrimonio líquido reportado en la declaración de renta del año gravable anterior.

La ley fija porcentajes diferentes según los niveles de ingresos y patrimonio, además de establecer topes máximos para cada componente. En ningún caso el valor total de la Cuota de Compensación Militar podrá superar los 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La normativa establece los plazos, requisitos y procedimientos que deben seguir quienes están obligados a pagar esta contribución.
La normativa establece los plazos, requisitos y procedimientos que deben seguir quienes están obligados a pagar esta contribución. Freepik

Quiénes están exentos del pago

La legislación contempla varias exenciones para determinados ciudadanos.

No deberán pagar la Cuota de Compensación Militar quienes:

  • Pertenezcan a los niveles 1, 2 o 3 del Sisbén.
  • Presenten limitaciones físicas, psíquicas o neurosensoriales permanentes certificadas por la autoridad médica competente.
  • Sean integrantes de comunidades indígenas que residan en su territorio y conserven su identidad cultural, social y económica.
  • Sean soldados desacuartelados tras el tercer examen médico.

Además, la Sentencia C-586 de 2014 de la Corte Constitucional estableció que los jóvenes bajo protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) que sean eximidos del servicio militar también quedan exentos del pago de la cuota y de los costos de expedición de la libreta militar.