

En Alabama, los hijos pueden ser anotados con el apellido de los abuelos al nacer aunque no sea el del padre ni el de la madre. La normativa vigente permite que los padres elijan libremente el nombre y el apellido del recién nacido al momento de registrar el nacimiento, sin obligación de que coincida con el de alguno de los progenitores.
La disposición forma parte del Código Administrativo del Departamento de Salud Pública estatal y regula cómo debe inscribirse el nombre en el certificado de nacimiento. Además de habilitar esta flexibilidad, establece límites específicos sobre los caracteres permitidos en el acta oficial.
¿Por qué los hijos pueden llevar el apellido de los abuelos según el Registro Civil?
La regla 420-7-1-.04 del capítulo de Estadísticas Vitales indica que los padres pueden dar al niño cualquier nombre que deseen para el registro de nacimiento. En ese marco, el apellido no tiene que ser el del padre ni el de la madre, lo que permite optar por el apellido de los abuelos u otro diferente.
En la práctica, al completar el certificado de nacimiento, la familia puede elegir:
- El apellido del padre.
- El apellido de la madre.
- El apellido de los abuelos.
- Otra variante distinta, siempre que cumpla los requisitos formales federales.

¿Qué límites impone el Registro Civil al momento de anotar el nombre?
Aunque existe libertad para definir el apellido, el nombre registrado en el certificado de nacimiento debe ajustarse a criterios técnicos. Solo se admiten letras del alfabeto inglés, además de guiones y apóstrofes.
No se permiten números, puntos, símbolos especiales ni caracteres que no formen parte del alfabeto inglés. Esta restricción aplica tanto al nombre como al apellido elegido, incluso si responde a tradiciones familiares o grafías propias de otros idiomas.













