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En Alabama, las normativas vigentes estipuladas en su Administrative Code son las que determinan cómo debe anotarse el nombre y apellido de un recién nacido en los documentos oficiales.

Si bien este trámite del Registro Civil varía en todo Estados Unidos en función de las diferentes leyes estatales, este territorio en particular se caracteriza por brindar una gran flexibilidad a los progenitores: los apellidos de los hijos no tienen la obligación de coincidir con el de su padre o madre.

¿Qué dice la ley sobre anotar a un hijo con el apellido de su padre o madre?

En la regla 420-7-1-.04 del Alabama Administrative Code, llamada “Nombre del niño para el registro de nacimiento”, se establece que “el/los progenitor(es) pueden dar a un niño cualquier nombre que deseen para el registro de nacimiento. El apellido del hijo no tiene por qué ser el de ninguno de los progenitores“.

En la práctica, la regulación no sólo exime a los padres de la obligación de transmitir su apellido -aunque tienen la libertad de hacerlo si lo desean-, sino que les otorga la posibilidad de colocar uno honorífico, inventado o puesto únicamente por su significado, entre miles de opciones que pueden mencionarse.

En Alabama, los padres no tienen la obligación de heredar su apellido a sus hijos. Fuente: archivo.

Apellidos que ningún hijo podrá tener

Aunque en general la disposición se caracteriza por las diversas alternativas que permite, tanto el nombre como el apellido elegido por los padres debe cumplir con requisitos básicos, como

  • Escribirse únicamente con caracteres en inglés
  • Se permiten los guiones y apóstrofes

Sin embargo, es esencial que, para ser aceptados, no contengan

  • Números
  • Puntos
  • Símbolos
  • Letras en cualquier otro idioma

Esta normativa se mantiene vigente y aplica para todos los nacimientos dentro del estado, por lo que garantizar de antemano su cumplimiento permite evitar demoras y garantizar que la identidad del niño pueda asentarse correctamente.