

California mantiene activo en septiembre de 2026 un mecanismo que deriva de forma automática al Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) a todo conductor citado por manejar a más de 100 mph, es decir, unos 161 km/h. La revisión puede terminar en la suspensión o la revocación de la licencia sin que exista una condena judicial.
El programa se llama FAST (Forwarded Actions for Speeding Tickets) y fue puesto en marcha en diciembre de 2025 por el DMV junto con la Patrulla de Caminos del estado (CHP). En las últimas semanas, las autoridades reforzaron la advertencia con mensajes en los paneles electrónicos de las autopistas californianas.
¿Qué cambia para los conductores que superen esta velocidad?
Hasta la puesta en marcha del programa, el estado debía esperar una condena en el tribunal de tránsito para actuar sobre el permiso de manejo. Ahora, la sola citación abre un expediente en la División de Seguridad del Conductor del DMV, incluso si la persona nunca tuvo infracciones.
Esa revisión administrativa corre en paralelo al proceso judicial y no lo reemplaza. El conductor puede enfrentar, además, las multas que fija el Código de Vehículos de California según la cantidad de condenas acumuladas.
Sanciones judiciales por circular a más de 100 mph
- Primera condena: multa de hasta u$s 500 y suspensión de la licencia por hasta 30 días dispuesta por el tribunal.
- Segunda infracción dentro de los tres años: multa de hasta u$s 750, más suspensión del permiso.
- Tercera infracción dentro de los cinco años: multa de hasta u$s 1.000 y una nueva suspensión.

¿Cuántos conductores ya fueron alcanzados y qué pueden hacer?
Entre enero y mayo de 2026, la CHP presentó más de 3.200 derivaciones bajo este esquema y el DMV respondió con más de 3.000 acciones de suspensión o reexaminación. El 94,3% quedó firme tras las revisiones administrativas y las audiencias.
Quien recibe la notificación puede solicitar una audiencia ante la División de Seguridad del Conductor antes de que la medida se aplique. En los casos de conductor negligente, la orden entra en vigor a los 34 días de su envío por correo.













