Estados Unidos confirmó que existe un documento oficial con el que algunos extranjeros pueden ingresar legalmente al país sin necesidad de portar una Real ID, una visa o un pasaporte. Esta alternativa se aplica en situaciones específicas y bajo supervisión de las autoridades fronterizas.
Esta documentación es reconocida en los puertos de entrada de todos los estados y funciona como prueba legal de residencia para un amplio número de individuos que buscan viajar al país.
¿Qué documento permite entrar a Estados Unidos sin Real ID, visa o pasaporte?
El documento que habilita la entrada es la Green Card, también conocida como Tarjeta de residente permanente. Siempre que esté vigente y no vencida, basta con presentarla ante los oficiales de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) para que autoricen el reingreso.
De forma complementaria, pueden solicitarse identificaciones secundarias como licencia de conducir o credencial extranjera.
Requisitos básicos
- Presentar una Green Card válida y sin expirar.
- Que el viaje al extranjero sea temporal y no supere un año.
- Mantener vínculos claros con Estados Unidos, como empleo, familia, cuentas bancarias o propiedades.
En ausencias de más de un año, se recomienda gestionar un permiso de reingreso (Form I-131) antes de salir. Este evita tener que solicitar una visa de residente retornante (SB-1) en una embajada.
¿Qué pasa si el residente pierde su documento en el extranjero?
Si la tarjeta se pierde, es robada o destruida durante el viaje, el residente puede tramitar un Documento de Viaje de Transportista (Form I-131A) en la embajada o consulado más cercano. Este aval permite a las aerolíneas embarcarlo hacia Estados Unidos sin penalizaciones.
Puntos clave a tener en cuenta
- El Form I-131A no reemplaza la Green Card, solo autoriza el vuelo.
- Al llegar a Estados Unidos, es obligatorio iniciar la reposición de la tarjeta.
- Ausencias prolongadas pueden interpretarse como abandono de residencia, lo que también afecta los requisitos de naturalización. En esos casos, puede ser necesario presentar el Form N-470 para preservar la residencia continua.