

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) detalla en su sitio web oficial cuáles son las reglas que deben cumplir los residentes permanentes que desean eventualmente solicitar la ciudadanía.
El proceso de naturalización es aquel que permite a un portador de Green Card o ciudadano de otro país convertirse en estadounidense y adquirir todos los derechos que gozan quienes nacieron en este territorio.
Una de las vías más comunes para calificar es demostrar residencia permanente continua en el país durante 5 años. Por este motivo, cuando se realizan viajes que a ojos de las autoridades irrumpan la estadía requisitoria, la elegibilidad para adquirir la ciudadanía se verá comprometida.

Estados Unidos puede rechazar la ciudadanía de quienes hayan realizado este viaje
USCIS detalla en su sitio web oficial que todos los residentes permanentes pueden viajar internacionalmente sin inconvenientes siempre y cuando no exista un impedimento legal para este propósito y el viaje no exceda los 180 días.
"Si su viaje dura más de 180 días, USCIS puede determinar que no ha residido continuamente en los Estados Unidos y, por lo tanto, no es elegible para la naturalización", explica USCIS.
Además del tiempo fuera del país que contemplarán las autoridades, cumplir con el requisito de "presencia física" también es esencial. Esto se logra cuando el residente pasa al menos dos años y medio en el país.
"Si realiza viajes cortos y frecuentes al extranjero que resultan en que pase más de la mitad de su tiempo fuera de los Estados Unidos, tampoco será elegible para la naturalización", se detalla.

El trámite esencial que deben realizar todos estos residentes permanentes
Si bien los viajes que superan los 180 días comprometen la elegibilidad para adquirir la ciudadanía estadounidense, quienes deban ausentarse durante un año o más tendrán que solicitar un permiso especial para poder ingresar a Estados Unidos nuevamente y preservar su estatus como residente permanente.
El conocido como permiso de reingreso se obtiene presentando a las autoridades el Formulario l-131 con gran anticipación antes del viaje.
"Si permanece fuera del país por un año o más y no solicitó el permiso de reingreso antes de salir, se podría considerar que usted ha abandonado su estatus de residente permanente. Si esto sucede, podría ser referido a comparecer ante un juez de inmigración para determinar si abandonó o no su estatus", advierten las autoridades.











