

El ente previsional de los Estados Unidos anunció una medida que afectará directamente a aquellos jubilados que recibieron pagos indebidos. A partir de ahora, quienes no realicen un trámite específico sufrirán importantes recortes en sus haberes mensuales.
La Administración del Seguro Social (SSA) ajustó su política de recuperación de sobrepagos, permitiendo retenciones automáticas de hasta el 50% en las jubilaciones de quienes no regularicen su situación. La decisión busca recuperar fondos entregados por error a ciertos beneficiarios.
Este cambio en la estrategia de cobro impone plazos estrictos y obliga a los jubilados afectados a tomar medidas inmediatas si desean evitar la pérdida de la mitad de sus ingresos mensuales.

¿Cómo se aplicarán los recortes a jubilados que recibieron sobrepagos?
La SSA cambió su estrategia para recuperar los fondos mal asignados. Aunque inicialmente se contemplaba una retención del 100%, la nueva normativa establece distintos porcentajes según el tipo de beneficio.
En el caso de los beneficios por jubilación, discapacidad y para sobrevivientes, la retención en caso de sobrepago será del 50% del pago mensual, mientras que en el caso del Ingreso Suplementario del Seguro Social (SSI) la política no se modifica y la penalización se mantendrá en un 10%.
Esta multa se aplicará de forma automática a quienes hayan recibido pagos en exceso, y no presenten una acción concreta para revertir la situación.

El trámite obligatorio que deben realizar los jubilados para evitar el recorte
La Administración del Seguro Social ofrece tres alternativas para evitar o reducir la retención del cheque mensual, pero todas requieren una acción formal y dentro de los plazos:
- Formulario SSA-632: para solicitar una exención, si el jubilado no fue responsable del sobrepago y no puede devolverlo.
- Formulario SSA-561: para apelar la decisión, en caso de considerar que el monto reclamado es erróneo.
- Solicitud de plan de pagos: para negociar una reducción en la retención mensual, si el descuento del 50% resulta insostenible.
¿Cuánto tiempo hay para hacer el trámite?
Los beneficiarios disponen de 90 días desde la notificación para presentar alguno de estos documentos. Si no lo hacen, la retención se ejecutará sin posibilidad de revertirla posteriormente.











