El Servicio de Impuestos Internos (IRS) confirmó que las familias que adopten un hijo elegible podrán recibir un reembolso de hasta u$s 5.120 por menor a través del Crédito por Adopción durante el año fiscal 2026. La cifra representa un aumento respecto de los u$s 5.000 vigentes en 2025.
El ajuste responde a la indexación por inflación que estableció la ley conocida como One, Big, Beautiful Bill. El monto reembolsable se deposita en la cuenta bancaria del contribuyente al momento de procesar la declaración de impuestos.
¿Qué es el Crédito por Adopción y cuánto aumentó en 2026?
El Crédito por Adopción cubre gastos razonables vinculados al proceso, como honorarios legales, costos de corte y viajes. Para 2026, el tope total de gastos calificados subió a u$s 17.670 por cada hijo, frente a los u$s 17.280 de 2025.
De ese total, el IRS habilita una porción reembolsable de hasta u$s 5.120 por menor. El resto del crédito, no reembolsable, puede trasladarse hasta cinco años, pero no genera devolución de dinero en efectivo.
¿Quiénes pueden cobrar el reembolso y cómo se tramita?
Para acceder al beneficio, el ingreso bruto ajustado modificado (MAGI) del contribuyente debe ubicarse dentro de los límites que fija el IRS para cada año fiscal. Por encima de ese umbral, el crédito se reduce de forma progresiva hasta desaparecer.
Quienes adoptaron un menor con necesidades especiales, certificado por un gobierno estatal o tribal, pueden acceder al crédito completo aunque no hayan tenido gastos. El trámite se realiza con el Formulario 8839 adjunto a la declaración de impuestos.
Requisitos
- Ingreso MAGI dentro del límite permitido por el IRS
- Adopción finalizada o en proceso, según el caso
- Presentación del Formulario 8839 junto a la declaración
- Documentación que acredite la adopción o la condición de necesidades especiales