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El Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (IRS) aplica controles específicos sobre cuentas y movimientos financieros que superan ciertos umbrales.

Según la normativa vigente, las autoridades fiscales reciben reportes cuando un contribuyente registra más de un determinado monto en ingresos brutos y en operaciones en un mismo año calendario a través de determinadas plataformas de pago.

IRS investiga las cuentas bancarias que superen esta suma de dinero y operaciones

El umbral de USD 20.000 en ingresos brutos anuales y más de 200 transacciones proviene del régimen de información que históricamente aplicó a terceros procesadores de pago (como plataformas digitales).

Cuando se superan ambos límites en el mismo año calendario, la entidad debe reportar la actividad al IRS mediante formularios informativos.

Esto permite al organismo:

  • Cruzar datos entre ingresos declarados y movimientos bancarios
  • Detectar ingresos no informados
  • Verificar actividad comercial informal
  • Identificar posibles inconsistencias tributarias

Es importante aclarar que el simple hecho de superar el monto no significa que exista una infracción, sino que la información pasa a estar formalmente reportada.

El IRS investiga y cruza información de cuentas que superan los USD 20.000 en ingresos brutos y 200 operaciones anuales. Fuente: Archivo.

¿Qué tipo de cuentas pueden ser investigadas?

El IRS puede analizar información proveniente de:

  • Cuentas bancarias tradicionales
  • Plataformas de pago electrónico
  • Aplicaciones de cobro digital
  • Procesadores de tarjetas

¿Las auditorías son automáticas?

No necesariamente. El IRS recibe millones de reportes informativos cada año. Una investigación detallada suele iniciarse cuando:

  • Los ingresos reportados no coinciden con la declaración presentada
  • Existen omisiones de ingresos
  • Se detectan discrepancias entre formularios
  • Se identifican patrones atípicos de movimiento

En esos casos, el contribuyente podría recibir una notificación solicitando documentación adicional.