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El Servicio de Impuestos Internos (IRS) entregará un depósito directo de hasta u$s 1.700 en febrero de 2026 para las familias que cumplan con los requisitos del Crédito Tributario Adicional por Hijos, incluido en el reembolso de impuestos del año fiscal 2025.

El pago en febrero está destinado a quienes presenten la declaración de impuestos desde el inicio de la temporada, el 26 de enero, y lo hagan de manera digital, ya que el sistema procesa estas declaraciones en un plazo estándar de hasta 21 días.

Por ese motivo, declarar temprano y elegir depósito directo es clave para cobrar dentro de ese mes.

¿Cuándo se deposita el pago de u$s 1.700 en febrero de 2026?

El IRS no puede emitir reembolsos que incluyan el Crédito Tributario Adicional por Hijos antes de mediados de febrero, aun cuando la declaración haya sido presentada al inicio de la temporada. Esta limitación aplica a todo el reembolso, no solo al monto del crédito.

En la práctica, quienes declaren el 26 de enero o en los días siguientes, de forma electrónica, entran en el primer grupo de pagos.

En esos casos, el depósito suele realizarse entre la tercera y cuarta semana de febrero, dentro del plazo máximo de 21 días que utiliza el IRS para procesar declaraciones digitales.

Puntos clave:

  • El monto reembolsable puede llegar a u$s 1.700 por hijo calificado.
  • El estado del pago se consulta en la herramienta oficial ¿Dónde está mi reembolso?
  • El depósito directo es el método más rápido habilitado por el sistema.
El IRS no puede emitir reembolsos que incluyan el Crédito Tributario Adicional por Hijos antes de mediados de febrero

¿Quiénes califican y cómo verificar la elegibilidad?

Para acceder al beneficio, el contribuyente y cada menor deben tener un Número de Seguro Social válido para trabajar en Estados Unidos, emitido antes de la fecha límite de la declaración.

Además, el hijo debe cumplir requisitos básicos de edad, residencia y dependencia durante el año fiscal.

Condiciones principales del hijo calificado:

  • Tener menos de 17 años al cierre del año fiscal.
  • Mantener parentesco directo con el contribuyente.
  • Haber vivido con él más de la mitad del año.
  • No haber cubierto la mayor parte de su propio sustento.
  • Ser ciudadano estadounidense, nacional o extranjero residente.

El Crédito Tributario por Hijos alcanza hasta u$s 2.200, mientras que el Crédito Tributario Adicional por Hijos permite recibir hasta u$s 1.700 reembolsables, con un ingreso laboral mínimo de u$s 2.500.

Para reclamarlo, se debe presentar el Formulario 1040 junto con el Anexo 8812 y la elegibilidad puede confirmarse previamente con el Asistente Tributario Interactivo del IRS.