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En 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) fortalecerá las visitas domiciliarias a los contribuyentes de México, dados los ajustes al Código Fiscal de la Federación (CFF). Las auditorías se registrarán a través de fotografías, audio y video cuando existan indicios de irregularidades fiscales o de operaciones simuladas.

Las modificaciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), forman parte de una estrategia que pretende combatir la emisión de facturas falsas, el uso de empresas fachada y la simulación de actividades económicas. El organismo podrá reunir pruebas directas durante procedimientos formales de revisión fiscal.

El SAT cambia las visitas domiciliarias en México y aplica nuevos métodos de revisión

De acuerdo con organismos como el Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), el objetivo central de estas medidas es facilitar la acreditación de la llamada “materialidad”, es decir, comprobar que las operaciones facturadas realmente existen.

¿El SAT puede grabar dentro de un domicilio fiscal?

Las autoridades tienen la facultad de grabar durante las visitas casa por casa, siempre que exista un procedimiento legal debidamente iniciado. Esto puede incluir:

  • Fotografías
  • Grabaciones de video
  • Registros de audio
  • Documentación visual de bienes, instalaciones y procesos operativos

La finalidad es verificar que los servicios, actividades o ventas que se facturan cuentan con un respaldo real y verificable.

¿Qué revisa el SAT en las visitas domiciliarias?

Las inspecciones se enfocan principalmente en dos elementos clave:

Materialidad

Confirmar que el contribuyente dispone de los recursos humanos, técnicos y materiales necesarios para realizar las operaciones que factura.

Existencia operativa

Corroborar que existe actividad económica real y no solo emisión de comprobantes fiscales.

Durante las visitas, el SAT puede documentar, entre otros puntos:

  • Presencia de oficinas, locales, bodegas o instalaciones
  • Personal que labora en el sitio
  • Herramientas, maquinaria o equipo
  • Inventarios disponibles
  • Evidencia física de los servicios prestados
  • Contratos y documentación relacionada

Toda esta información puede incorporarse a los procedimientos de revisión y utilizarse para determinar si un CFDI carece de sustento real.

¿A quiénes audita el SAT?

Las visitas no son genéricas. Únicamente pueden llevarse a cabo en espacios vinculados con la actividad fiscal del contribuyente, como:

  • Domicilios fiscales registrados ante el RFC
  • Oficinas, sucursales y locales comerciales
  • Bodegas y centros operativos
  • Puntos de venta y establecimientos semifijos
  • Vehículos utilizados para actividades comerciales

Si el domicilio fiscal corresponde a una vivienda, la autoridad solo puede acudir en su carácter de domicilio registrado y siempre mediante una orden escrita de visita.