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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo favorable a los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Las autoridades han establecido que los familiares de los beneficiarios fallecidos tienen derecho a percibir el apoyo económico pertinente.

La SCJN ha determinado que la Ley del Seguro Social de 1973 presenta una violación al principio de igualdad, dado que establece porcentajes diferenciados para el otorgamiento de pensiones de acuerdo al vínculo familiar con el trabajador fallecido. Con esta resolución, el máximo tribunal ha afirmado que los padres del asegurado deben recibir el 90% de la pensión, equivalente al porcentaje otorgado al cónyuge o concubino del beneficiario, según sea el caso.

Es oficial: jubilados recibirán un aumento del 15% a partir de noviembre, pero solo si cumplen este único requisito (foto: archivo).
Es oficial: jubilados recibirán un aumento del 15% a partir de noviembre, pero solo si cumplen este único requisito (foto: archivo).

Este criterio, emitido en 2023, ha representado un cambio significativo para miles de familias que se encuentran amparadas bajo el régimen de la Ley 73 del IMSS.

¿Qué sucedió con la Ley 73 del IMSS?

La Segunda Sala de la SCJN determinó que la normativa era discriminatoria, dado que otorgaba el 90% de la pensión al cónyuge o concubino, mientras que a los ascendientes del trabajador fallecido solo se les concedía el 20%.

A consecuencia de esta resolución, se mandató equiparar los derechos de los padres del asegurado con aquellos correspondientes a las pensiones por viudez, siempre que se verifique la dependencia económica.

¿Qué naturaleza jurídica tiene la pensión?

El tribunal enfatizó que la pensión debe ser considerada un derecho, resultante de las aportaciones realizadas por el trabajador durante su trayectoria laboral y no un beneficio que se otorga de forma arbitraria.

La SCJN argumentó que, siendo producto del empeño y las contribuciones del asegurado, no hay base alguna para establecer distinciones entre los beneficiarios, dado que su propósito es asegurar la subsistencia del individuo tras el fallecimiento del trabajador.

¿Cuáles son los beneficios clave de la Ley del IMSS de 1973?

El régimen de la Ley 73 representa uno de los sistemas más apreciados en comparación con la Ley 97 debido a su método de cálculo de la pensión. Este esquema determina la cuantía de la pensión a partir del promedio salarial de las últimas 250 semanas cotizadas -lo cual corresponde a aproximadamente cinco años- y del total de semanas aportadas.

De este modo, se tiene la posibilidad de acceder a una pensión vitalicia respaldada por el IMSS, aspecto que contrasta con la Ley 97, en la cual el ingreso se fundamenta en el ahorro acumulado en la cuenta individual de la Afore.

Entre las ventajas más destacadas de este régimen se incluyen:

  • Pensión de por vida
  • Incrementos anuales ligados al salario mínimo
  • Acceso a servicios médicos para el pensionado y sus beneficiarios
  • Pensiones por viudez, orfandad e invalidez.

Este beneficio es exclusivo para las personas que cotizaron al IMSS bajo la Ley 73, quienes deben haber acumulado un mínimo de 500 semanas de cotización y haber llegado a la edad mínima de jubilación: 60 años en el caso de cesantía por edad avanzada y 65 años para la pensión por vejez.

Dichas condiciones son fundamentales para el acceso a este beneficio, que busca garantizar una pensión adecuada a quienes han contribuido durante su trayectoria laboral.