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Desde enero de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de realizar visitas de verificación sin previo aviso en domicilios fiscales, así como en pequeños negocios y empresas, para efectuar auditorías ágiles con el apoyo de personal jurídico y equipos de videograbación.

Estas diligencias superan el alcance de una revisión administrativa convencional. Su propósito es detectar posibles irregularidades fiscales, como la evasión de impuestos o el uso de comprobantes apócrifos, además de verificar que los ingresos, ventas y servicios declarados correspondan a operaciones efectivamente realizadas.

El SAT modernizará las visitas domiciliarias a los contribuyentes en 2026
El SAT modernizará las visitas domiciliarias a los contribuyentes en 2026Shutterstock

Por su parte, el Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) informó que el SAT también podrá documentar estas diligencias mediante grabaciones de audio y video, con el fin de obtener evidencia directa durante las inspecciones. El material recabado podrá utilizarse para sustentar procedimientos contra contribuyentes que incurran en evasión fiscal, empresas dedicadas a la emisión de facturas falsas y personas o compañías que mantengan vínculos comerciales con ellas.

¿Qué son las auditorías del SAT?

Salvador Rotter Aubanel, integrante de la Comisión de Desarrollo e Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), señaló que estas auditorías rápidas tienen su origen en las modificaciones a los artículos 29-A, fracción IX, y 49 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), las cuales comenzaron a aplicarse en 2026.

De acuerdo con el especialista, la fracción IX del artículo 29-A establece que tanto las personas físicas como las morales deben acreditar que las operaciones amparadas por sus comprobantes fiscales corresponden a actos jurídicos y actividades reales. En caso de no cumplir con esta disposición, los comprobantes podrán ser considerados falsos, lo que permite al SAT iniciar este tipo de verificaciones de manera inmediata.

Por su parte, el artículo 49 Bis del CFF señala que las visitas domiciliarias se llevarán a cabo bajo la presunción de que los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) podrían ser falsos.

¿Dónde son las visitas domiciliarias del SAT?

Las verificaciones podrán realizarse en los siguientes lugares:

  • Domicilio fiscal
  • Sucursales
  • Oficinas
  • Bodegas
  • Almacenes
  • Locales comerciales
  • Puestos fijos o semifijos en la vía pública
  • Cualquier lugar donde se desarrollen las actividades o se presten los servicios amparados por las facturas

Una vez en el domicilio fiscal, los visitadores podrán iniciar de forma inmediata la captura de fotografías, así como grabaciones de audio y video. Además, deberán entregar la orden de verificación al contribuyente, a su representante legal, al responsable del establecimiento o a la persona que se encuentre a cargo del inmueble en ese momento.

¿Para qué sirven las auditorías del SAT?

El propósito de estas auditorías es confirmar que las operaciones respaldadas por CFDI realmente se hayan realizado y que existan contratos, documentos, imágenes y registros que lo acrediten.

Para ello, la autoridad fiscal aplicará los conceptos de “materialidad” y “trazabilidad” de las operaciones.

  • Materialidad implica demostrar que el servicio se prestó efectivamente o que la mercancía existió, ingresó al inventario y posteriormente fue vendida.
  • Trazabilidad, en tanto, permite a la autoridad seguir el rastro de la operación: quién vendió el producto, cuándo se recibió, cómo se entregó, en qué momento se comercializó o quién suministró los insumos que luego fueron transformados.

Este mismo criterio se aplicará a la prestación de servicios, incluido el arrendamiento de inmuebles o locales, los cuales deberán estar respaldados por contratos, emisión de CFDI, depósitos bancarios, instalaciones físicas y actividades relacionadas con lo reportado.