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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha precisado los límites de su nueva facultad para llevar a cabo inspecciones en domicilios fiscales durante el año 2026, desmintiendo así rumores sobre la realización de operativos masivos.

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De esta manera, se ha confirmado que las visitas casa por casa serán de carácter selectivo, fundamentadas en un análisis de riesgo y orientadas específicamente a verificar la autenticidad de las operaciones comerciales y de los comprobantes fiscales digitales.

El SAT ya confirmó quiénes pueden recibir visitas domiciliarias, qué revisarán y cómo serán seleccionados (foto: archivo).

Con la implementación de la reforma al Código Fiscal de la Federación, se hace imperativo entender quiénes serán los contribuyentes objeto de estas diligencias, qué documentación será objeto de revisión y bajo qué criterios se determinarán los contribuyentes que serán sometidos a inspección.

¿Quiénes podrían recibir una visita del SAT en 2026?

La selección no será arbitraria: el SAT aplicará criterios técnicos de riesgo fiscal establecidos en la legislación vigente, enfocándose principalmente en casos donde existan indicios de operaciones simuladas o el uso de facturas falsas que no amparen transacciones reales.

Los contribuyentes seleccionados serán aquellos con discrepancias evidentes entre sus declaraciones y la facturación emitida, así como quienes muestren inconsistencias detectadas por los sistemas de auditoría automatizada.

La autoridad tributaria puede dirigir sus inspecciones tanto a personas físicas como morales que presenten indicadores específicos de irregularidad fiscal.

El SAT ya verificó quiénes podrán obtener visitas domiciliarias, qué examinarán y cómo serán elegidos (foto: archivo).

Verificación rápida de comprobantes fiscales: ¿en qué consiste?

La reforma fiscal introduce el Artículo 49 Bis, que otorga al SAT una herramienta expedita para comprobar la veracidad de los CFDI emitidos por los contribuyentes.

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Durante estas visitas domiciliarias abreviadas, los funcionarios pueden recabar evidencia documental, fotografías, videos y audio desde el primer momento de la diligencia. El objetivo central es confirmar que los comprobantes fiscales digitales correspondan a operaciones comerciales genuinas y cumplan con todos los requisitos legales.

En casos donde se detecten irregularidades graves, la autoridad tiene facultad para suspender temporalmente la capacidad de facturación electrónica del contribuyente, medida que busca frenar la emisión de comprobantes apócrifos mientras se resuelve la situación fiscal.

Aspectos a Revisar por el SAT y Derechos de los Contribuyentes

Las inspecciones fiscales comprenden la verificación de la existencia física del contribuyente en su domicilio declarado, así como la revisión de la contabilidad, documentos que respalden las operaciones comerciales, mercancías y bienes vinculados a la actividad económica registrada.

Los contribuyentes que son objeto de estas visitas poseen garantías legales fundamentales: tienen el derecho de exigir identificación oficial a los visitadores, solicitar la orden de visita debidamente fundamentada, recibir la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado y contar con representación legal durante toda la diligencia.

La autoridad fiscal tiene la obligación de respetar las formalidades procedimentales y la inviolabilidad del domicilio, llevando a cabo las visitas únicamente cuando se cumplan los requisitos legales establecidos en el Código Fiscal de la Federación.