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El SAT cambia las reglas del juego para RESICO: a partir de ahora habrá devolución de saldo a favor

Esta modificación se incluye en la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, en la regla 3.13.34, publicada en el DOF el 30 de diciembre de 2024.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció cambios significativos para los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

La modificación más relevante permite a los ciudadanos solicitar la devolución de saldos a favor, ya sea mensual o anualmente. A continuación, te contamos todo lo que necesitas saber. 

 SAT facilita la devolución de impuestos para contribuyentes del RESICO. Fuente: Shutterstock. 

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¿Qué es el RESICO?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un esquema fiscal en México creado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, especialmente para pequeños contribuyentes.

En específico, es una simplificación que busca que el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) sea más sencillo, rápido y eficaz. 

El objetivo principal es reducir las tasas de este impuesto para que personas y empresas con menores ingresos paguen menos.

El SAT confirmó nuevos beneficios para contribuyentes del RESICO

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció cambios significativos en la gestión de saldos a favor para los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). 

Ahora podrán optar por solicitar la devolución de estos saldos de manera mensual o presentar una única solicitud anual durante el mes de enero del siguiente ejercicio fiscal. 

Esta modificación, incorporada en la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, busca agilizar los trámites para los contribuyentes, facilitándoles un acceso más rápido a sus recursos.

De hecho, en el documento publicado el 30 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se estipula que, a partir del 1 de enero de 2025, se incorpora la regla 3.13.34, relativa a la "Devolución de saldos a favor del ISR del Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas".

 ¡Más fácil y rápido! Devolución de saldos a favor en el RESICO. Fuente: Shutterstock. 

Reincorporación al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): plazos y requisitos

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a los contribuyentes interesados en reincorporarse al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) que deben presentar su aviso antes del 31 de enero de 2025.

Es fundamental destacar que este plazo aplica exclusivamente para aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos por el organismo. 

Según la normativa del SAT, los principales requisitos para ingresar al RESICO son:

  • Estar inscrito y activo en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Contar con una e.firma (firma electrónica) vigente.
  • Tener un Buzón Tributario activo. 
  • Poseer un ingreso anual de hasta 3.5 millones de pesos.
  • No encontrarse en el listado de contribuyentes publicado por el SAT según el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que se refiere a aquellos contribuyentes que emiten facturas con operaciones simuladas.
  • Mantener al día el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, es decir, presentar tus declaraciones fiscales de manera puntual.
  • Emitir facturas electrónicas por los ingresos cobrados.

Es importante tener en cuenta que, en caso de no cumplir con estos requisitos, el SAT te asignará automáticamente el régimen que corresponda según tu situación fiscal.

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