Atención contribuyentes: estos trámites serán obligatorios a partir de 2024
Todos los contribuyentes deberán realizar estas gestiones, sin importar su régimen fiscal.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció los trámites que serán de carácter obligatorio a partir del año 2024. Estos trámites deberán ser cumplidos por todos los contribuyentes, independientemente de su régimen fiscal, con el fin de evitar posibles multas o sanciones.
Estos procedimientos son fundamentales para que el SAT pueda desempeñar sus funciones y asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Trámites obligatorios del SAT para 2024. Fuente: archivo
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Trámites obligatorios para el SAT en 2024
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) comunicó que estos trámites serán obligatorios para todos los contribuyentes a partir del 1 de enero de 2024:
Declaración anual
La presentación de la declaración anual es un requisito obligatorio para todos los contribuyentes, sin importar su régimen fiscal. Este procedimiento es fundamental para determinar el monto de impuestos que los contribuyentes deberán abonar o, en su caso, el monto que les corresponde recibir.
Inscripción RFC
La inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es un requisito esencial para todas las personas físicas y morales que planeen realizar actividades económicas en México.
Pago de impuestos
Los individuos o entidades deben abonar los impuestos vinculados a las actividades económicas que llevan a cabo.
Constancia de situación fiscal
La constancia de situación fiscal es un certificado que contiene detalles sobre la posición tributaria de un contribuyente frente al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Firma electrónica o e-firma
La firma electrónica, también conocida como e-firma, constituye un mecanismo de identificación y autenticación. Este recurso es fundamental para realizar trámites en línea tanto en el SAT como en otras instituciones gubernamentales.
¿Quiénes deberán realizarlos?
Los trámites obligatorios deberán ser realizados por todos los contribuyentes, sin importar su régimen fiscal. Esto incluye a las personas físicas y morales que realicen actividades económicas en México.
Personas físicas
Las personas físicas son individuos que tienen una personalidad jurídica propia y son reconocidos como sujetos de derecho desde su nacimiento.
La identificación de las personas físicas se establece a través de su nombre, nacionalidad y estado civil. Además, pueden ser identificadas a través de su número de identificación fiscal (NIF).
Personas morales
Las personas morales son conjuntos de individuos o entidades que poseen una personalidad jurídica independiente y son reconocidas como sujetos de derecho por el Estado.
La identificación de las personas morales se establece mediante su razón social, su domicilio fiscal y su número de identificación fiscal (NIF).