El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene vigilancia sobre los movimientos bancarios de los contribuyentes y puede detectar inconsistencias entre los recursos que circulan por sus cuentas y los ingresos que fueron declarados.
Aunque una transferencia bancaria no significa automáticamente que habrá una auditoría, determinados movimientos pueden generar cuestionamientos cuando no existe documentación que permita comprobar de dónde proviene el dinero.
SAT pone la lupa y alerta a todos los contribuyentes: qué movimientos bancarios vigila
Uno de los movimientos que las instituciones financieras reportan al SAT son los depósitos en efectivo que superan los 15,000 pesos acumulados durante un mes. Esta información permite a la autoridad fiscal identificar operaciones que podrían requerir una revisión.
Sin embargo, superar este monto no significa que el contribuyente deba pagar impuestos automáticamente ni que será sometido a una auditoría. El reporte funciona como parte de la información financiera que puede utilizar el SAT para verificar la congruencia de las operaciones.
En el caso de las transferencias electrónicas realizadas mediante SPEI, estas no son consideradas depósitos en efectivo. Aun así, cuando se trata de movimientos importantes, es recomendable contar con comprobantes que permitan acreditar su origen y destino.
Qué transferencias pueden llamar la atención del SAT
Los traspasos entre cuentas bancarias de una misma persona no representan necesariamente un ingreso adicional, siempre que pueda demostrarse que se trata de recursos propios. Para ello, los estados de cuenta y otros comprobantes pueden servir como respaldo ante una eventual aclaración.
La situación cambia cuando una cuenta recibe dinero de terceros por conceptos como préstamos, pagos o ventas y el contribuyente no cuenta con documentación que permita explicar la operación. En estos casos, la autoridad puede contrastar los movimientos bancarios con la información fiscal disponible.
Los préstamos, donativos y premios también tienen reglas específicas. Cuando estos conceptos superan en conjunto los 600,000 pesos durante el ejercicio fiscal, deben informarse en la declaración anual correspondiente.
Cuándo puede iniciar una revisión fiscal
El SAT puede determinar una discrepancia fiscal cuando las erogaciones de una persona física son superiores a los ingresos que declaró o a los que estaba obligada a declarar. Para realizar esta comparación, la autoridad puede considerar gastos, adquisiciones, depósitos bancarios e inversiones financieras.
Si encuentra una diferencia, el contribuyente puede presentar documentación para demostrar de dónde provienen los recursos y aclarar que no se trata de ingresos gravables. Por eso, una transferencia bancaria por sí sola no constituye una infracción ni activa automáticamente una auditoría.
La recomendación es conservar estados de cuenta, contratos, comprobantes de pago y cualquier otro documento relacionado con movimientos extraordinarios. De esta manera, si el SAT solicita información, el contribuyente podrá acreditar el origen de los recursos y explicar por qué recibió o transfirió determinado monto.