

El Servicio Militar Nacional (SMN) continúa vigente en México y no se trata de una obligación que haya sido reinstaurada recientemente. La Secretaría de la Defensa Nacional mantiene actualmente la información oficial sobre su cumplimiento y señala que el servicio de las armas tiene carácter obligatorio conforme a la legislación mexicana.
Al mismo tiempo, las normas contemplan situaciones específicas en las que una persona puede ser exceptuada del servicio militar. Una de ellas alcanza, bajo determinadas condiciones, a mexicanos nacidos en el país que sean hijos de extranjeros. La excepción no se concede de manera automática y debe ser evaluada por la autoridad militar.
Servicio Militar en México: quiénes pueden solicitar una excepción
Defensa mantiene un procedimiento específico para quienes se encuentran dentro de alguna de las causas de excepción del Servicio Militar Nacional. Entre los supuestos contemplados aparecen la incapacidad física o mental, determinadas situaciones de nacionalidad, ministros de culto, impedimentos de orden moral, condición menonita y ser hijo de extranjeros.
Esto no significa que cualquier persona incluida de manera general en una de estas categorías quede liberada inmediatamente. La situación debe acreditarse y la autoridad competente debe resolver la solicitud conforme a las disposiciones aplicables.
Hijos de extranjeros: qué condición exige la normativa
El artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Militar establece que Defensa puede exceptuar del servicio, por razones vinculadas con la defensa y seguridad de la Nación, a quienes hayan nacido en territorio mexicano y sean hijos de extranjeros, siempre que se cumplan condiciones adicionales.
En concreto, la norma dispone que debe ocurrir lo siguiente:
- Haber nacido en territorio de México.
- Ser hijo de extranjeros.
- Que, conforme a las leyes del país de los padres, la persona conserve la nacionalidad de estos.
- Que se respete el principio de reciprocidad internacional.

Por lo tanto, ser hijo de extranjeros por sí solo no garantiza la excepción. La persona debe encontrarse dentro del supuesto previsto por el Reglamento y acreditar las circunstancias correspondientes ante las autoridades de reclutamiento. El mismo Reglamento establece que estas autoridades pueden valorar las pruebas presentadas y deben fundamentar su resolución.
Cómo se tramita una excepción al Servicio Militar Nacional
Defensa informa que las personas que buscan obtener una excepción deben reunir los requisitos correspondientes y acudir a una Oficina de Reclutamiento de Zona Militar cercana a su domicilio o al módulo de atención de la Oficina Central de Reclutamiento de la Dirección General de Personal, en Ciudad de México.
El trámite requiere el Formato Universal para trámites del Servicio Militar Nacional y la documentación que permita comprobar la causa invocada. La dependencia informa además que el procedimiento es gratuito y no requiere cita previa.
La consecuencia jurídica, cuando la solicitud es aceptada, es una excepción del cumplimiento del Servicio Militar Nacional en los términos autorizados por Defensa. Esto no debe confundirse con una baja de una carrera militar profesional: cumplir el Servicio Militar Nacional y causar alta voluntariamente como integrante profesional de las Fuerzas Armadas son situaciones distintas.













