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La Border Crossing Card (BCC) es un documento oficial, conocido como Formulario DSP-150, que permite a muchos ciudadanos mexicanos acceder a Estados Unidos de manera simplificada, actuando como una visa de visitante y eliminando la necesidad de obtener una visa tradicional en formato de estampado.

De acuerdo con información relevante, esta tarjeta es emitida por el Departamento de Estado de Estados Unidos y, una vez aprobada, puede tener una duración de hasta 10 años, lo cual varía según el perfil del solicitante.

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La Tarjeta de Cruce Fronterizo (Border Crossing Card, o Formulario DSP-150), es una tarjeta del tamaño de una credencial que actúa como visa B1/B2 y documento de cruce fronterizo. Foto: Archivo.

¿Qué es y para qué sirve el Formulario DSP-150?

El Formulario DSP-150 es, desde un punto de vista legal, una visa B1/B2 presentada en un formato plástico que asemeja a una tarjeta bancaria. Este documento cuenta con elementos de seguridad y tecnología que permiten verificar su autenticidad.

A menudo, se confunde con una tarjeta fronteriza, lo cual no es correcto. Es importante distinguir claramente entre ambos tipos de documentos, dada su naturaleza y finalidad específica en el proceso de ingreso al país.

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La visa contempla las categorías B1 para negocios y B2 para turismo, visitas familiares y otros viajes temporales.

De acuerdo con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), este documento representa una autorización migratoria autónoma que, en ciertos casos, puede ser otorgada junto con una visa B1/B2 convencional.

Uno de sus más destacados beneficios consiste en que permite efectuar cruces terrestres y marítimos utilizando exclusivamente la tarjeta. No obstante, en el caso de que el viaje se realice por vía aérea, el titular debe presentar adicionalmente un pasaporte mexicano vigente.

¿Quiénes están autorizados para tramitar el Formulario DSP-150?

Los solicitantes deben cumplir con los mismos requisitos establecidos para obtener una visa B1/B2, además de verificar su nacionalidad y lugar de residencia. Entre los criterios a considerar se encuentran:

  • Demostrar que la estancia en Estados Unidos será temporal.
  • Tener la intención de permanecer en territorio estadounidense por un periodo limitado.
  • Comprobar vínculos suficientes con México que respalden su regreso al finalizar el viaje.

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La Border Crossing Card está habilitada únicamente para individuos que sean ciudadanos mexicanos y que residan en México.

La tramitación debe efectuarse de acuerdo con el procedimiento indicado por las representaciones consulares de Estados Unidos en México.

El proceso abarca dos fases: una por vía electrónica y otra que requiere presencia física.

Para dar inicio a la solicitud es imprescindible poseer un pasaporte mexicano vigente, dado que se deberá completar en primer lugar el formulario electrónico correspondiente a la visa. Posteriormente, el sistema facilitará la programación de una cita para la recolección de datos biométricos y la entrevista consular.

Una vez finalizado el proceso y, en caso de aprobación, la Border Crossing Card otorgará la posibilidad de realizar viajes temporales a Estados Unidos bajo las condiciones estipuladas para las visas B1/B2.

Las solicitudes pueden ser presentadas en la Embajada de Estados Unidos en la Ciudad de México y en varios consulados distribuidos en el país, incluyendo:

  • Ciudad Juárez, Chihuahua.
  • Guadalajara, Jalisco.
  • Hermosillo y Nogales, Sonora.
  • Matamoros y Nuevo Laredo, Tamaulipas.
  • Mérida, Yucatán.
  • Monterrey, Nuevo León.
  • Tijuana, Baja California.