

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución que modifica las condiciones para el traslado de ganado en México. El Tribunal Pleno estableció que determinados permisos estatales ya no podrán ser requeridos para esta actividad. “La guía de tránsito puede existir como instrumento para acreditar la propiedad”, señaló el máximo tribunal en su resolución.
La determinación surgió al resolver la Controversia Constitucional 216/2025, revisada por el Pleno durante la sesión del 10 de marzo de 2026. En su sentencia, la Suprema Corte precisó que diversos requisitos establecidos en Nayarit invadían competencias reservadas al ámbito federal, por lo que dejaron de tener validez a partir de este fallo.
A través de su comunicado oficial, la SCJN detalló que algunas normas estatales buscaban regular la movilización de animales mediante autorizaciones emitidas por autoridades locales.
“En la práctica establecían un sistema estatal de autorización previa para movilizar ganado”, indicó el tribunal, al considerar que esta medida contradice la distribución de facultades prevista en la Constitución mexicana.

La Suprema Corte respalda los títulos de propiedad, pero no avala los controles estatales
El fallo establece una distinción clara entre los documentos que verifican la propiedad del ganado y aquellos que actúan como permisos necesarios para su traslado. Los ministros confirmaron ciertos aspectos de la Ley Ganadera de Nayarit que proporcionan herramientas administrativas orientadas a evidenciar la tenencia o transmisión de animales.
De acuerdo con el comunicado, estos mecanismos son sostenibles en tanto que no constituyen un filtro obligatorio para el movimiento del ganado.

“Estas disposiciones se encuentran dentro de la facultad de las entidades federativas para legislar en materia civil y administrativa”, afirmó la Corte al respaldar la legitimidad de dichos registros.
Se anulan los permisos estatales para el traslado de ganado
No obstante, el Pleno declaró inválidos varios artículos de la misma legislación que exigían permisos estatales para transportar o exportar ganado, así como productos y subproductos pecuarios. Entre esos requisitos se encontraban las guías de tránsito foliadas por autoridades locales y las autorizaciones otorgadas por inspectores.
La Suprema Corte destacó que este tipo de controles forma parte de las atribuciones exclusivas del gobierno federal, particularmente en lo relacionado con la sanidad animal.
“Estas disposiciones invaden la esfera de competencia de la Federación en materia de salubridad general”, concluyó el tribunal, al dejar establecido que las entidades federativas no tienen facultad para imponer autorizaciones previas para la movilización de ganado.












