

En una decisión que establece un precedente significativo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, ha determinado que los padres o tutores que no cumplan con el pago de alimentos a sus hijos e hijas podrán enfrentar sanciones penales, a menos que exista un motivo plenamente justificado.
El fallo, emitido el pasado 11 de noviembre de 2025, proporciona claridad y subraya el derecho de todas las niñas, niños y adolescentes a recibir alimentos, validando las disposiciones del Código Penal de Tamaulipas, al considerar constitucional el castigo por el incumplimiento de las obligaciones alimentarias.

“Las personas que tienen la obligación legal de brindar alimentos no pueden eludir esta responsabilidad sin un motivo justificado, por lo que el incumplimiento puede acarrear consecuencias penales”, afirmó la Corte en su comunicado oficial No. 260/2025.
Lineamientos precisos de la SCJN para la protección de la niñez
El Pleno de la Suprema Corte confirmó una sentencia condenatoria contra un padre que incumplió su deber alimentario, al concluir que el tipo penal estatal garantiza seguridad jurídica y describe con claridad los elementos que integran el delito.

Asimismo, los ministros precisaron que la expresión “sin motivo justificado” debe evaluarse caso por caso, conforme a las circunstancias específicas de cada familia y que no es necesario que la ley detalle todos los supuestos posibles para su aplicación.
Un fallo que favorece la justicia familiar
Con esta decisión, el Máximo Tribunal envía un mensaje contundente sobre la responsabilidad de los adultos hacia sus hijos, fortaleciendo el marco jurídico de protección a los menores y asegurando que el incumplimiento no quede impune.
Esta determinación judicial transforma el panorama de la justicia familiar en México, al establecer un criterio vinculante que prioriza los derechos de la infancia sobre los conflictos entre adultos.
La resolución también ratifica el derecho a recibir alimentos como un componente esencial del interés superior de la niñez, promoviendo una cultura de responsabilidad familiar y respeto a los derechos de las y los menores.
Con esta decisión, la SCJN avanza decisivamente hacia una protección efectiva y tangible de los menores, un hito que sin duda dejará huella en la historia.













