

Si bien no hay confirmado un operativo oficial de próximas visitas domiciliarias por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), sí debes saber que el organismo puede acercarse a tu hogar en cualquier momento del año. Sin embargo, y para tu seguridad, existe una serie de mecanismos puedes exigir para comprobar que efectivamente sea un funcionario del SAT quien te visita.
Las visitas del SAT son justificadas ante la detección de inconsistencias en las declaraciones de los contribuyentes, omisiones, deudas fiscales, pagos inusuales e incluso, irregularidades en el domicilio fiscal registrado.
Cómo saber si es una visita oficial del SAT

Las visitas del SAT tienen carácter de auditorías. Por ende, no hay aviso previo por parte del organismo. Ello no implica que el contribuyente quede desprotegido. Por el contrario, la Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado, explicita la documentación que debe acreditar el oficial del SAT.
En ese sentido, el personal del SAT debe identificarse y portar documentos oficiales que acrediten su labor. Si no presentan esa identificación tienes derecho a negarles el ingreso y a no brindarles la información que soliciten.
Además, los funcionarios deberán presentar una orden de visita en la que esté detallado el ejercicio fiscal que revisarán, las obligaciones sujetas a verificación y la documentación que se requiere. Finalmente, debes tener en cuenta que las visitas del SAT sólo pueden realizarse los días hábiles en el horario de las 7:30 am a 18:00 horas. Si se presentan fuera de ese horario, es posible reprogramar.
En qué circunstancias puedes ser visitado por el SAT

De acuerdo con el artículo 42, fracción III del Código Fiscal de la Federación (CFF), las autoridades pueden ingresar al domicilio fiscal para revisar contabilidad, bienes o mercancías en aquellos casos en los que el SAT detecta inconsistencias en las declaraciones.
Entre los perfiles de contribuyentes que pueden ser objeto de estas revisiones se encuentran las personas físicas con actividades económicas registradas en el Régimen Simplificado de Confianza, asalariados, prestadores de servicios, personas morales, pensionados y jubilados.













