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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) está por estrenar un mecanismo de auditoría acelerada que transformará radicalmente la forma en que combate a las empresas factureras.

Según especialistas fiscales, esta medida no solo impactará a las compañías investigadas, sino que generará un efecto dominó en todos los negocios que hayan mantenido relaciones comerciales con ellas durante los últimos cinco años.

Habrá nuevas auditorías del SAT: conoce quiénes se deberán someter a ellas. Fuente: Shutterstock.
Habrá nuevas auditorías del SAT: conoce quiénes se deberán someter a ellas. Fuente: Shutterstock.

Adiós a las auditorías largas: ahora serán de 20 días

El cambio representa un giro de 180 grados en los procedimientos fiscales tradicionales. Mientras que actualmente una revisión domiciliaria puede extenderse entre 12 y 18 meses, con el nuevo esquema la autoridad tributaria tendrá facultades para determinar en apenas 20 días hábiles si una empresa emitió comprobantes apócrifos.

Una vez concluida esta revisión exprés, el SAT procederá inmediatamente a publicar la denominada “lista negra” tanto en su portal oficial como en el Diario Oficial de la Federación, señalando públicamente a las empresas identificadas como factureras.

Esta agilización del proceso contrasta dramáticamente con las auditorías convencionales, donde los fiscalizadores revisan minuciosamente papeles de trabajo, estados de cuenta bancarios, registros contables completos y múltiples documentos que justifican cada operación declarada.

El efecto dominó: 30 días para corregir o enfrentar sanciones severas

La verdadera dimensión de esta medida se manifiesta en sus consecuencias colaterales. Desde el momento en que una empresa aparece en las listas publicadas por el SAT, se activa un cronómetro implacable para todos sus clientes y proveedores.

Cualquier contribuyente que haya recibido facturas de una empresa señalada como facturera tendrá un plazo máximo de 30 días naturales para presentar declaraciones complementarias. El objetivo: cancelar completamente el efecto fiscal que se le dio a esos comprobantes, eliminando tanto las deducciones de ISR como los acreditamientos de IVA.

La amenaza se vuelve existencial cuando los contribuyentes ignoran estas publicaciones o no actúan en tiempo. Quienes no corrijan su situación fiscal enfrentarán primero la restricción de sus sellos digitales y posteriormente su cancelación definitiva. Sin estos sellos, las empresas quedan inhabilitadas para emitir facturas electrónicas, lo que en la práctica significa la imposibilidad de operar comercialmente.

SAT activa el "cronómetro implacable": revisión exprés y "lista negra" de factureras. Fuente: Shutterstock.
SAT activa el "cronómetro implacable": revisión exprés y "lista negra" de factureras. Fuente: Shutterstock.

El problema de las empresas híbridas que nadie está considerando

Uno de los aspectos más controvertidos de esta reforma es que no contempla la existencia de empresas híbridas: aquellas que realizan operaciones legítimas —comprando y vendiendo mercancías reales u ofreciendo servicios auténticos— pero que simultáneamente comercializan comprobantes fiscales falsos.

Esta realidad genera una situación paradójica e injusta. Cuando el SAT publica a una de estas empresas mixtas, las consecuencias se aplican de forma generalizada a absolutamente todos los clientes que recibieron facturas, sin distinguir entre quienes efectivamente realizaron operaciones comerciales reales y quienes solo adquirieron comprobantes apócrifos.

Los expertos recomiendan implementar sistemas automatizados de monitoreo permanente de proveedores, que permitan detectar en tiempo real cualquier inclusión en las listas negras. Adicionalmente, sugieren revisar preventivamente los últimos cinco ejercicios fiscales —período en el que el SAT mantiene facultades de fiscalización— para identificar posibles riesgos antes de que se materialicen en sanciones.