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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mantiene vigente una modificación realizada a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social que amplía el acceso a la pensión por viudez.
La resolución establece que las familias mexicanas han evolucionado y que no todas se componen de padres e hijos o de un matrimonio, por lo que, en consecuencia, el vínculo de cuidado y dependencia económica es suficiente para acceder al beneficio.
La Corte Suprema establece que no se requiere vínculo sanguíneo o matrimonio para recibir pensión al fallecer un beneficiario del IMSS
Este fallo implica que el IMSS debe otorgar pensiones por fallecimiento a individuos que hayan desempeñado funciones de cuidado o crianza del trabajador fallecido, sin necesidad de un vínculo biológico o legal. Esta disposición favorece a hermanos, primos, sobrinos, madrinas y padrinos que puedan evidenciar haber desempeñado un rol de crianza y haber dependido económicamente del asegurado.

La medida representa un avance significativo en el reconocimiento de las diversas formas de familia y de los vínculos afectivos que pueden existir, más allá de los lazos consanguíneos o legales. Se busca así garantizar que quienes han contribuido al bienestar del asegurado, aunque no sean familiares directos, puedan acceder a los beneficios correspondientes.
Contenido del Amparo Directo en Revisión 3320/2025 que fundamenta la resolución
El precedente se origina del Amparo Directo en Revisión 3320/2025, a través del cual la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad del artículo del Reglamento de Jubilaciones y Pensiones del IMSS que restringía las pensiones por ascendencia únicamente a padres, abuelos o bisabuelos del trabajador fallecido.
Al declarar inconstitucional dicha restricción, la Corte amplió la cobertura de la seguridad social a diversas realidades familiares, reconociendo el cuidado como un vínculo legítimo y suficiente para acceder a este beneficio. No es imperativo ser familiar de línea directa si se puede demostrar haber participado en la crianza, educación y dependencia económica del asegurado.
¿Quiénes tienen derecho a solicitar la pensión por viudez del IMSS tras el fallo de la SCJN?
La resolución es aplicable en situaciones específicas. Tienen la posibilidad de solicitar la pensión aquellos que hayan desempeñado un papel de madre o padre en relación con el trabajador fallecido y que hayan dependido económicamente de él, sin importar el parentesco formal.
El requisito fundamental consiste en demostrar ante el IMSS que se ejercieron funciones de crianza y que existía una dependencia económica real con el trabajador en el momento de su fallecimiento. La carga de la prueba recae en el solicitante del beneficio, por lo que es esencial contar con documentación que respalde ambos elementos.













