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Tener el control del servicio de luz implica no sólo pagar el recibo todos los meses sino tenerlo registrado a nombre de quien corresponda, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
En miles de hogares, el titular de la factura de luz de la CFE no coincide con quien vive, alquila o incluso es dueño del inmueble. Esa diferencia, que suele pasar inadvertida, puede convertirse en un problema serio cuando surge una deuda, un reclamo o un corte.
Este contexto se ha evidenciado en el último tiempo por usuarios que intentan hacer aclaraciones y descubren que no pueden avanzar en la gestión porque legalmente no son los titulares del contrato, aunque el servicio esté al día y el medidor esté dentro de su casa.
Lo que muchos desconocen es que la CFE mantiene reglas específicas para resolver esta situación. No todas las gestiones se hacen en línea, no todos los casos aplican igual y hay un punto clave que define si el trámite avanza o se frena en el primer intento.
CFE y cambio de titularidad en el recibo de luz: lo que permite el trámite
El cambio de titularidad del recibo de luz en la CFE es el procedimiento que habilita a una persona a figurar como responsable legal del suministro eléctrico en un inmueble. No implica trasladar un contrato previo, sino actualizar quién responde por el servicio en ese punto de conexión.
Este trámite debe realizarse de manera presencial en un Centro de Atención a Clientes. La CFE exige la comparecencia del nuevo titular para validar identidad, domicilio y la relación jurídica con el inmueble, una medida que apunta a reducir fraudes y conflictos posteriores.
Un aspecto determinante es el estado de la cuenta. Si el recibo de luz presenta adeudos, el cambio de titularidad no puede continuarse. La CFE bloquea la transferencia hasta que la deuda quede totalmente liquidada, lo cual evita que pasivos pendientes se traspasen a terceros.
Requisitos para cambiar la titularidad del recibo de luz en la CFE
Para que el trámite sea aceptado en la primera visita, es necesario reunir documentación básica en original y copia:
- Identificación oficial vigente
- Comprobante de domicilio reciente
- RFC o Constancia de Situación Fiscal
- Fotografía clara del medidor con lectura visible
- Documento que acredite la posesión del inmueble
Según el caso, se suman requisitos adicionales:
- Arrendamiento: contrato de renta vigente
- Compra-venta: contrato notariado y/o predial actualizado
- Fallecimiento: acta de defunción del titular anterior
- Terceros: carta poder simple o notariada
La CFE aclara que los contratos están ligados al inmueble, no a la persona. Por eso, mudarse no implica llevarse el contrato, sino cerrar uno y abrir otro. Regularizar la titularidad del recibo de luz permite acceder sin restricciones a las herramientas digitales, evitar sanciones y tener respaldo legal ante cualquier conflicto futuro.