

Con la llegada de diciembre y las vacaciones de invierno del periodo escolar, muchas familias planean viajes o breves escapadas para desconectar de la rutina. Incluso, las fiestas de Navidad y Año Nuevo se pueden pasar en otros sitios distintos al hogar.
Sin embargo, no todas las personas dejan de trabajar el 25 de diciembre y el 1 de enero. Si bien estos días son considerados como jornadas de descanso obligatorio oasuetos, según la Ley Federal del Trabajo (LFT) en México, lo cierto es que algunos empleados deben acudir al llamado de sus patrones.
¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 1 de enero?: esto dice la Ley Federal del Trabajo
Trabajar el 25 de diciembre o 1 de enero no es ilegal. Pero estas fechas están designadas en el calendario oficial de México como días de asueto o de descanso obligatorio. Por este motivo, la jornada deltrabajadordebe pagarse de manera distinta.
Si una persona trabaja un día de asueto, la LFT contempla que el patrón debe pagar elsalariode un día normal adicional y una cuota extra. Esto significa que, independientemente del sueldo, el empleado debe recibir un monto doble por el servicio prestado.

Trabajar en días de asueto: ¿qué días se pagan al triple en México?
Si la jornada de asueto del trabajador (según calendario oficial y fecha estipulada en la LFT) llega a coincidir con un día de descanso semanal como el domingo, el empleador tendrá que pagarle el triple del salario por ese día, además de la prima dominical.
Este último ítem determinado según el artículo 71 de la ley, se traduce en un 25%, por lo menos, sobre el salario de los días normales de trabajo. Las personas que pueden recibir este pago triple son aquellas que se desempeñan como obreros, empleados domésticos, jornaleros, artesanos y las que permanecen bajo contrato de trabajo regido por el apartado "A".
¿Qué pasa si no me pagan conforme a la ley?
Si los trabajadores que asistieron a trabajar el 1 de enero (o cualquier otro día de asueto o descanso obligatorio) no recibieron el pago doble o triple correspondiente, pueden ser asesorados por la Profedet.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo ofrece asistencia, información y orientación jurídica de manera gratuita. Los empleados afectados pueden acudir a las diferentes oficinas de México o llamar a los números de teléfono: 01 800 911 7877 y 01 800 717 2942.













