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Desde 2025, ciertos grupos de jóvenes podrán obtener su cartilla militar sin necesidad de participar en actividades de adiestramiento ni asistir a los tradicionales actos de marcha.

De hecho, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) reiteró quiénes están exentos de este proceso, así como los requisitos documentales que deben cumplir. A continuación, te explicamos todos los detalles.

Quiénes deben tramitar la Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional

El artículo 1 de la Ley del Servicio Militar Nacional (LSMN) explica que la Cartilla del Servicio Militar Nacional (CSMN) es obligatoria para todos los mexicanos por nacimiento o naturalización, entre 18 y 40 años de edad.

Quienes estén en ese rango de edad, deberán inscribirse en las juntas municipales o en las oficinas consulares de México, en su calidad de auxiliares de las autoridades de la Secretaría de Defensa Nacional (SEDEMA), de conformidad con los artículos 34 y 43.

¿Quiénes están exentos de hacer el servicio militar?

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) estableció un conjunto de excepciones para aquellas personas que no están obligadas a realizar el Servicio Militar Nacional en su fase activa ni a participar en actividades de adiestramiento, comúnmente conocidas como "marchas".

Estas personas pueden obtener su cartilla militar de manera directa, siempre que acrediten debidamente su situación particular. Las excepciones aplican a los siguientes casos:

  • Mayores de 40 años de edad

  • Ciudadanos mexicanos con doble nacionalidad

  • Personas con alguna discapacidad física o mental

  • Individuos con incapacidad moral debidamente justificada

  • Ministros de culto religioso

  • Miembros de la comunidad menonita

  • Hijos de ciudadanos extranjeros

  • Ciudadanos mexicanos por naturalización

¿Qué documentos se deben presentar en estos casos?

Aunque estas personas están exentas de participar en las actividades de adiestramiento -conocidas como "marchas"-, deben presentar la documentación que respalde su situación particular para poder obtener la cartilla militar de manera directa.

Entre los requisitos generales se solicitan:

  • Acta de nacimiento (original y copia)

  • CURP (copia)

  • Identificación oficial vigente

Adicionalmente, según el caso específico, deberán presentar:

  • Certificado de incapacidad expedido por dos médicos militares, para quienes argumenten una discapacidad física o mental

  • Oficio emitido por la Secretaría de Gobernación, en el caso de ministros de culto religioso

  • Constancia emitida por autoridad competente, para miembros de la comunidad menonita