

Desde 2025, ciertos grupos de jóvenes podrán obtener su cartilla militar sin necesidad de participar en actividades de adiestramiento ni asistir a los tradicionales actos de marcha.
De hecho, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) reiteró quiénes están exentos de este proceso, así como los requisitos documentales que deben cumplir. A continuación, te explicamos todos los detalles.

Quiénes deben tramitar la Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional
El artículo 1 de la Ley del Servicio Militar Nacional (LSMN) explica que la Cartilla del Servicio Militar Nacional (CSMN) es obligatoria para todos los mexicanos por nacimiento o naturalización, entre 18 y 40 años de edad.
Quienes estén en ese rango de edad, deberán inscribirse en las juntas municipales o en las oficinas consulares de México, en su calidad de auxiliares de las autoridades de la Secretaría de Defensa Nacional (SEDEMA), de conformidad con los artículos 34 y 43.
¿Quiénes están exentos de hacer el servicio militar?
La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) estableció un conjunto de excepciones para aquellas personas que no están obligadas a realizar el Servicio Militar Nacional en su fase activa ni a participar en actividades de adiestramiento, comúnmente conocidas como "marchas".
Estas personas pueden obtener su cartilla militar de manera directa, siempre que acrediten debidamente su situación particular. Las excepciones aplican a los siguientes casos:
Mayores de 40 años de edad
Ciudadanos mexicanos con doble nacionalidad
Personas con alguna discapacidad física o mental
Individuos con incapacidad moral debidamente justificada
Ministros de culto religioso
Miembros de la comunidad menonita
Hijos de ciudadanos extranjeros
Ciudadanos mexicanos por naturalización
¿Qué documentos se deben presentar en estos casos?
Aunque estas personas están exentas de participar en las actividades de adiestramiento -conocidas como "marchas"-, deben presentar la documentación que respalde su situación particular para poder obtener la cartilla militar de manera directa.
Entre los requisitos generales se solicitan:
Acta de nacimiento (original y copia)
CURP (copia)
Identificación oficial vigente
Adicionalmente, según el caso específico, deberán presentar:
Certificado de incapacidad expedido por dos médicos militares, para quienes argumenten una discapacidad física o mental
Oficio emitido por la Secretaría de Gobernación, en el caso de ministros de culto religioso
Constancia emitida por autoridad competente, para miembros de la comunidad menonita















