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Al momento de iniciar una sucesión, puede haber conflictos entre los herederos sobre cuándo conviene comenzar el trámite, con qué abogados hacerlo o incluso si cuentan o no con el dinero para poder avanzar con el proceso legal.

Es por eso que muchas personas se preguntan si es posible que una sola persona inicie el proceso sucesorio aunque los otros coherederos se nieguen a firmar.

La respuesta es sí, todo heredero que se considere con derecho podría comenzar el trámite si acredita, al menos inicialmente, su legitimación.

Esto aplica sea hijo, nieto, cónyuge, pariente colateral, si cuenta con la correspondiente partida/s y el acompañamiento de un profesional abogado de la matrícula.

Qué debe informar una persona al iniciar individualmente una sucesión

El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación exige que quien inicia el proceso de sucesión justifique su carácter de parte legítima y acompañe la partida de defunción del causante, según especificaron desde el estudio jurídico Cárdenas y Abogados.

Además, explicaron que si no existe testamento, el acreedor deberá informar los demás herederos conocidos y sus domicilios si cuenta con ellos. Allí, tendrá que aclarar si su derecho es exclusivo o si corresponde una partición.

Sucesión en Argentina.

Vale destacar que iniciar el trámite solo impulsa el expediente, no por ello podrá apropiarse de la parte de la herencia que le corresponda a los demás.

¿Qué pasa si los demás herederos se niegan a iniciar la sucesión?

No es una condición que los demás herederos estén de acuerdo para que pueda iniciarse el proceso sucesorio. Una vez comenzado, podrán presentarse para acreditar su vínculo, constituir domicilio y ejercer los derechos que le correspondan por Ley.

Sin embargo, la falta de cooperación de parte de otros coherederos puede generar conflictos al momento de definir la partición o venta de un inmueble. En este caso, la Ley contempla avanzar a una partición judicial cuando no hay unanimidad.

Qué documentos hay que presentar para iniciar una sucesión

Los papeles necesarios para avanzar con la división de bienes son:

  • Partida o acta de defunción del causante (original)
  • Partidas que acrediten el vínculo del heredero que inicia
  • Partidas de los demás herederos, si se dispone de ellas
  • Testamento si existiera o si se encuentra en poder del interesado
  • Información sobre inmuebles, vehículos, cuentas bancarias u otros bienes