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En el proceso sucesorio argentino, existen casos en que una persona deja sus bienes por escrito y, aun así, sus herederos no reciben nada. No hace falta que el testamento sea falso ni que intervenga la justicia de forma anticipada: alcanza con que el texto sea ambiguo.

El Código Civil y Comercial de la Nación es claro: un testamento que no expresa con precisión la voluntad de transmitir un bien puede ser declarado inválido.

Y eso, en la práctica, equivale a que no existió.

Cuándo un testamento no alcanza para transferir bienes

La ley establece que el testamento debe contener una “voluntad clara y sin ambigüedades”.

Si el texto usa expresiones como “queda a cargo de” o “me gustaría que lo tenga”, sin indicar explícitamente que se trata de una transmisión patrimonial, los jueces pueden interpretarlo como una simple manifestación de deseos.

Los términos que sí tienen validez jurídica plena son:

  • “Lego”.
  • “Dono”.
  • “instituyo heredero”.

Sin esas expresiones, el documento puede perder fuerza legal aunque esté firmado, fechado y escrito de puño y letra.

Los requisitos mínimos que debe cumplir un testamento ológrafo

El testamento ológrafo, regulado en el artículo 2477 del Código Civil y Comercial, es la modalidad más usada porque no requiere escribano.

Sin embargo, exige:

  • Estar escrito íntegramente a mano por el testador.
  • Incluir fecha cierta.
  • Estar firmado al final de las disposiciones.
  • Expresar una voluntad inequívoca de transmitir bienes.

La ausencia de cualquiera de estos puntos habilita la impugnación judicial. En ese escenario, los bienes no se distribuyen según lo escrito, sino según las reglas de la sucesión intestada, es decir, como si el testamento no existiera.

Qué alternativa existe para evitar el problema

La opción más segura es el testamento por acto público: se otorga ante escribano y dos testigos, se redacta con términos jurídicamente precisos y queda protocolizado, lo que evita extravíos o discusiones sobre su autenticidad.

Si bien es más formal, puede revocarse o modificarse en cualquier momento. Y, lo más importante, reduce casi a cero la posibilidad de que sea impugnado por ambigüedad.

Para cualquier consulta, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires ofrece asesoramiento notarial y cuenta con información actualizada en su sitio oficial.