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Muchas familias que inician un trámite sucesorio creen que existe un plazo de 30 días para presentarse ante el juez y no perder la herencia. Sin embargo, la normativa vigente no establece esa sanción automática y el proceso puede seguir su curso.

La duda surge a partir de la citación por edictos que se realiza en los expedientes sucesorios, un paso obligatorio del procedimiento regulado por el Código Civil y Comercial.

¿El heredero pierde su derecho si no se presenta en 30 días?

Esto no es así, ya que el plazo de 30 días previsto en el artículo 2340 del Código Civil y Comercial se refiere a la citación que ordena el juez para que herederos, acreedores y otros interesados acrediten su derecho, pero no implica la pérdida automática de la herencia.

Si un heredero no se presenta, simplemente no será incluido en la declaratoria de herederos en ese momento, aunque mantiene su derecho a aceptar o rechazar la herencia.

El proceso sucesorio exige que quien inicia el trámite denuncie a los herederos conocidos. Luego, el juez dispone una citación general mediante edictos para que todos los interesados puedan presentarse.

Los acreedores del causante tampoco pierden su derecho si no se presentan en el plazo de 30 días.

Ese plazo de 30 días funciona como una etapa procesal para avanzar en el expediente, ya que el juez no puede dictar la declaratoria hasta que haya transcurrido ese período.

Además, para renunciar a la herencia, la manifestación debe ser expresa y cumplir determinadas formalidades. La simple inactividad procesal no equivale a una renuncia tácita. El heredero mantiene su derecho de opción durante 10 años desde la muerte del causante.

Por su parte, si un heredero no incluido en la declaratoria se presenta dentro de ese plazo de 10 años, puede pedir la ampliación de la declaratoria de herederos. En esos casos, el proceso se ajusta para reconocer su derecho, aunque puede generar demoras o conflictos entre los demás herederos.

¿La sucesión puede continuar sin un heredero?

El trámite sucesorio puede avanzar aun cuando uno de los herederos no se presente, aunque esto suele prolongar la indivisión de la herencia y dificultar decisiones sobre los bienes.

También pueden generarse tensiones familiares o costos adicionales si luego deben revisarse actos realizados durante el proceso.

Otra situación es cuando quien inicia la sucesión no denuncia a todos los herederos. Esto puede ocurrir por desconocimiento o de manera deliberada. En esos casos, el heredero omitido puede reclamar judicialmente su derecho.

¿Qué pasa con los acreedores?

Los acreedores del causante tampoco pierden su derecho si no se presentan en el plazo de 30 días. Pueden reclamar según los plazos de prescripción de sus créditos.