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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció que los contribuyentes registrados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes podrán estar exentos del pago del impuesto.
Esta medida busca reducir las cargas fiscales para los titulares que están adheridos al monotributo. Además, el organismo dio a conocer las escalas correspondientes para agosto.
ARCA: quiénes cesan el pago del monotributo en agosto
Mediante la Resolución 5546/2024, ARCA comunicó que los titulares del monotributo dedicados al alquiler de inmuebles podrán realizar un trámite para quedar exentos del pago. Para acceder, se deben cumplir tres condiciones:
- Pertenecer al Régimen Simplificado con hasta dos inmuebles en alquiler.
- No estar inscripto en otras actividades dentro del monotributo.
- Registrar los contratos en el Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI).

Monotributo: pasos para quedar exento del pago
Los contribuyentes deben seguir estos pasos:
- Acceder a la página web del monotributo.
- Registrarse en la opción "Modificación locador de hasta 2 inmuebles - Beneficio Ley 27737".
- Indicar el periodo desde el cual corresponde la exención de pago.
- Declarar el servicio con clave fiscal "Sistema Registral" la actividad "681098 - Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia con bienes propios o arrendados".
- Comprobar que los contratos están registrados en el RELI.
ARCA: topes de ingreso anuales para las categorías del monotributo
ARCA modificó los límites de ingreso para las distintas categorías. Estos son los valores a partir de ahora:
- Categoría A: $ 8.992.597,87 anuales
- Categoría B: $ 13.175.201,52 anuales
- Categoría C: $ 18.473.166,15 anuales
- Categoría D: $ 22.934.610,05 anuales
- Categoría E: $ 26.977.793,60 anuales
- Categoría F: $ 33.809.379,57 anuales
- Categoría G: $ 40.431.835,35 anuales
- Categoría H: $ 61.344.853,64 anuales
- Categoría I: $ 68.664.410,05 anuales
- Categoría J: $ 78.632.948,76 anuales
- Categoría K: $ 94.805.682,90 anuales
ARCA: cuánto debo abonar de monotributo en agosto
Después de la última actualización, los montos para cada categoría se establecieron de la siguiente forma:
- Categoría A: impuesto integrado, $ 4.182,60; aporte previsional, $ 13.663,17; obra social, $ 19.239,97. Total a pagar: $ 37.085,74
- Categoría B: impuesto integrado, $ 7.946,95; aporte previsional, $ 15.029,49; obra social, $ 19.239,97. Total a pagar: $ 42.216,41
- Categoría C: impuesto integrado, $ 13.663,17 (locaciones o servicios) o $ 12.547,81 (venta de cosas muebles); aporte previsional, $ 16.532,44; obra social, $ 19.239,97. Total a pagar: $ 49.435,58 para servicios y $ 48.320,22 para comercio de bienes.
- Categoría D: impuesto integrado, $ 22.307,22 (locaciones o servicios) y $ 20.773,60 (venta de cosas muebles); aporte previsional, $ 18.185,68; obra social, $ 22.864,90. Total a pagar: $ 63.357,80 para servicios y $ 61.824,18 para comercio de bienes.
- Categoría E: impuesto integrado, $ 41.826,04 (locaciones o servicios) y $ 33.181,99 (venta de cosas muebles); aporte previsional, $ 20.004,25; obra social, $ 27.884,02. Total a pagar: $ 89.714,31 para servicios y $ 81.070,26 para comercio de bienes.
- Categoría F: impuesto integrado, $ 58.835,29 (locaciones o servicios) y $ 43.220,24 (venta de cosas muebles); aporte previsional, $ 22.004,67; obra social, $ 32.066,63. Total a pagar: $ 112.906,59 para servicios y $ 97.291,54 para comercio de bienes.
- Categoría G: impuesto integrado, $ 107.074,65 (locaciones o servicios) y $ 53.537,32 (venta de cosas muebles); aporte previsional, $ 30.806,54; obra social, $ 34.576,19. Total a pagar: $ 172.457,38 para servicios y $ 118.920,05 para comercio de bienes.
- Categoría H: impuesto integrado, $ 306.724,27 (locaciones o servicios) y $ 153.362,13 (venta de cosas muebles); aporte previsional, $ 43.129,16; obra social, $ 41.547,19. Total a pagar: $ 391.400,62 para servicios y $ 238.038,48 para comercio de bienes.
- Categoría I: impuesto integrado, $ 609.963,03 (locaciones o servicios) y $ 243.985,21 (venta de cosas muebles); aporte previsional, $ 60.380,82; obra social, $ 51.306,61. Total a pagar: $ 721.650,46 para servicios y $ 355.672,64 para comercio de bienes.
- Categoría J: impuesto integrado, $ 731.955,63 (locaciones o servicios) y $ 292.782,26 (venta de cosas muebles); aporte previsional, $ 84.533,15; obra social, $ 57.580,51. Total a pagar: $ 874.069,29 para servicios y $ 434.895,92 para comercio de bienes.
- Categoría K: impuesto integrado, $ 1.024.737,89 (locaciones o servicios) y $ 341.579,30 (venta de cosas muebles); aporte previsional, $ 118.346,41; obra social, $ 65.806,30. Total a pagar: $ 1.208.890,60 para servicios y $ 525.732,01 para comercio de bienes.

Exención de impuestos: requisitos y su impacto en alquileres
La ARCA también anunció que los contribuyentes que no cumplan con los requisitos para la exención podrán acceder a un plan de facilidades de pago para regularizar su situación fiscal. Este plan busca evitar sanciones y fomentar la formalización de los alquileres en el mercado.
Además, se espera que la medida impulse la actividad económica en el sector inmobiliario, beneficiando tanto a propietarios como a inquilinos. La exención del impuesto podría traducirse en alquileres más accesibles y competitivos en el mercado.













