Los jubilados y pensionados pueden tener suspendido el cobro de su prestación por distintos motivos.
Según informa la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), la suspensión no significa que la jubilación o pensión haya sido dada de baja.
Para volver a cobrar, los titulares deberán solicitar la activación de los haberes suspendidos.
Por qué ANSES puede “suspender” el cobro de una jubilación o pensión
ANSES establece que el cobro de una jubilación o pensión puede ser suspendido cuando el titular no se presenta a cobrar durante tres meses consecutivos o cuando la cuenta en la que recibe la prestación no registra movimientos durante ese período.
También puede producirse una suspensión si el organismo detecta alguna incompatibilidad o si el beneficiario permanece fuera del país durante un período prolongado sin comunicar su ausencia.
Qué documentación hay que presentar para reactivar los haberes
Para solicitar la activación, el titular deberá presentar su DNI, el Formulario Reclamo de haberes (PS 6.236) y la documentación que permita justificar la activación de la prestación suspendida.
ANSES menciona como ejemplos un certificado de estudios o un certificado de cese, según corresponda a cada situación.
Si el trámite es realizado por un representante, también deberá presentar el Formulario Carta Poder (PS 6.4) o un poder general otorgado por escribano, cuando el apoderado no figure en el recibo de cobro.
Cómo solicitar la activación de una jubilación o pensión suspendida
El trámite para volver a cobrar una prestación suspendida se realiza de manera presencial y con turno previo. El titular deberá concurrir con toda la documentación requerida para solicitar la activación.
En caso de encontrarse en el exterior, ANSES indica que el reclamo debe presentarse a través de un apoderado, representante o banco apoderado.
De esta manera, la suspensión del cobro no supone automáticamente la pérdida del beneficio: el titular debe realizar el trámite correspondiente para solicitar que se reactive la prestación.