El Gobierno oficializó hoy la prórroga por un año de la ley de Emergencia Económica, Financiera, Laboral y Sanitaria, con la publicación de esa normativa en el Boletín Oficial.

La prórroga de la ley, cuya vigencia en principio era hasta el 31 de diciembre próximo, había sido sancionada por el Congreso el pasado 24 de noviembre y fue promulgada por el Ejecutivo con fecha 15 de diciembre a través del decreto 1856, firmado por el presidente Néstor Kirchner y los ministros del Interior, Aníbal Fernández, y de Economía, Roberto Lavagna.

Las normas que se prorrogaron son la ley 25.561, votada en 2002 y prorrogada un año después por 12 meses, y su complementaria, 25.790, que habilita al Poder Ejecutivo a renegociar los contratos con las empresas de servicios públicos.

También se encuentra dentro del conjunto de puntos la emergencia sanitaria y se mantendrá la emergencia laboral que contempla, por ejemplo, el pago de la doble indemnización para quienes fueren despedidos sin causa justificada.

En ese sentido, el artículo 4 de la normativa indica que se mantiene "la suspensión de los despidos sin causa justificada, dispuesta por el artículo 16 de la ley 25.561 y sus modificatorias, hasta que la tasa de desocupación elaborada por el Indec resulte inferior al 10%".

La emergencia también incluye una reducción de la tasa de justicia para los concursos y quiebras.