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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es un organismo autónomo del Gobierno de España que depende del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Su tarea principal consiste en la entrega de ayudas económicas a aquellos ciudadanos que reúnen una serie de requisitos.

Entre las ayudas más solicitadas se encuentra la prestación contributiva por desempleo. Esta es una asistencia económica -también conocida como "paro"- dirigida a quienes han trabajado durante al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.

Aunque este requisito es difícil de alcanzar, el organismo público goza de otras alternativas para que los ciudadanos puedan percibir un ingreso mensual y, además, sea compatible con un trabajo a tiempo parcial.

El subsidio de cotizaciones insuficientes

El subsidio de cotizaciones insuficientes es una ayuda del SEPE para aquellas personas desempleadas que se encuentran en situación legal de desempleo sin tener cubierto al menos 360 días cotizados para tener derecho a la prestación contributiva. El requisito indispensable para acceder a esta ayuda es haber cotizado al menos 90 días.

Cabe agregar que este subsidio se puede cobrar en tanto se mantengan uno o varios contratos a tiempo parcial, siempre y cuando la suma de las jornadas trabajadas en dichos contratos sea inferior a una jornada completa y se cumplan el resto de requisitos reflejados por el SEPE.

¿Cómo solicitar el subsidio?

La solicitud se podrá presentar a través de:

  • La sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • En la oficina de prestaciones (oficina de empleo en el caso de Ceuta y Melilla) pidiendo cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono.
  • En cualquier oficina de registro público.
  • Por correo administrativo.

Requisitos para acceder al subsidio

El SEPE indica que para poder percibir la ayuda se requieren las siguientes condiciones:

  • Estar en desempleo total, o trabajando a tiempo parcial.
  • Haber trabajado al menos 90 días.
  • Estar en situación legal de desempleo a partir del 1 de noviembre de 2024.
  • Suscribir el acuerdo de actividad.
  • No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
  • No encontrarse en algún supuesto de incompatibilidad.
  • Carecer de rentas propias, o bien, alternativamente, acreditar responsabilidades familiares.
  • Presentar la solicitud del subsidio dentro del plazo de los seis meses siguientes a la fecha del hecho causante.
  • Si se ha accedido al subsidio acreditando seis o más meses cotizados sin responsabilidades familiares, se podrá solicitar su ampliación si acreditas que las tienes en el improrrogable plazo de los doce meses siguientes a la fecha de la situación legal de desempleo, en cuyo caso, desde la fecha de la solicitud se te ampliará la duración del derecho hasta 21 meses, con independencia de que el primer derecho reconocido ya estuviera agotado.
  • Suscribir una declaración responsable en la que deberás hacer constar todas las rentas e ingresos obtenidos durante el mes natural anterior tanto del beneficiario como del resto de los miembros de la unidad familiar.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
Fuente: EFENacho Gallego

Cuantía

La cuantía del subsidio será igual a los siguientes porcentajes del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual (IPREM) vigente en cada momento:

  • El 95% durante los ciento ochenta primeros días.
  • El 90% desde el día ciento ochenta y uno al día trescientos sesenta.
  • El 80% a partir del día trescientos sesenta y uno.

Por su parte, el pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera.

Documentación requerida

Para ser beneficiario de este subsidio, los ciudadanos deben aportar una serie de documentación que el SEPE tendrá que corroborar, para después conceder la ayuda. Estos documentos son los siguientes:

  • Modelo oficial de solicitud
  • Documento de identificación de la persona solicitante, de su cónyuge o pareja de hecho y de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud.

En el caso de los españoles, se deberá presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte (en defecto de ambos, se podrá admitir carnet de conducir).