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Los subsidios del SEPE en 2025: estas son las dos ayudas de hasta 480 euros que pueden cobrar los desempleados mayores de 50 años

El organismo estatal ha establecido una serie de requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener alguna de estas dos ayudas económicas.

Para brindar un poco de alivio económico a los sectores más vulnerables, el SEPE implementó una importante reforma del subsidio por desempleo que entrará en vigencia a partir de 2025 y que mejorará la situación de miles de personas que agotaron su prestación contributiva.

En concreto, son dos ayudas de hasta 480 euros que se orientan a desempleados mayores de 50 años y que se podrán solicitar cumpliendo una serie de requisitos que varían según el caso.

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Subsidios del SEPE: ¿en qué consisten las ayudas de hasta 480 euros para desempleados mayores de 50 años?

El monto de las dos ayudas antes mencionadas, y que se detallarán a continuación, se obtiene tras calcular el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). No obstante, existen diferencias considerables entre ambos subsidios.

El estado de los subsidios se puede consultar a través del sitio web oficial del SEPE. (Foto: archivo).

Subsidio para mayores de 52 años

Para personas que agotaron prestaciones previas y no tienen una entrada de dinero suficiente. A los 480 euros se le suma una cobertura que se extiende hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria de jubilación. Esta ayuda económica es compatible con algún empleo de tiempo parcial o completo.

Los requisitos para solicitarlo son:

  • Tener 52 años o más.
  • Haber cotizado al menos 6 años por desempleo durante su vida laboral.
  • No tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Estar inscrito como demandante de empleo y cumplir con las exigencias para acceder a la pensión contributiva de jubilación, salvo la edad.
  • Es compatible con algún empleo de tiempo parcial o completo.

Quienes no cumplan con los requisitos no tendrán acceso a ningún subsidio, sin excepción. (Foto: archivo).

Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)

En el caso del SED, lo pueden solicitar ciudadanos en situación de desempleo total que hayan agotado prestaciones y subsidios. Los criterios a tener en cuenta para pedirlo son:

  • No tener derecho a ninguna otra protección contributiva o asistencial.
  • No contar con ingresos superiores al 75% del SMI (810 euros al mes).
  • Acreditar responsabilidades familiares, salvo excepciones como víctimas de violencia de género o emigrantes retornados.
  • No haber recibido previamente esta ayuda ni la del antiguo Programa de Activación para el Empleo (PAE).

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Si bien el SED es también de 480 euros mensuales, su duración se extiende por solo 6 meses y solamente se puede percibir una vez. Además, este subsidio se eliminará para nuevos solicitantes, pero quienes ya lo perciben contarán con él bajo la regulación anterior.

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