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La comunidad de Madrid incorporará desde este año una deducción autonómica pensada para aliviar la carga fiscal de los menores de 30 años que combinan empleo y formación.

La medida, aprobada en diciembre por la Asamblea de Madrid, apunta a reforzar el acceso a la educación sin abandonar el mercado laboral.

El nuevo beneficio fiscal permitirá desgravar parte de los gastos educativos en la declaración de la renta. El Ejecutivo madrileño calcula que la iniciativa alcanzará a unos 15.000 contribuyentes y tendrá un impacto presupuestario máximo de seis millones de euros.

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Fuente: Freepik
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La deducción se enmarca en una estrategia orientada a incentivar la formación continua entre los jóvenes trabajadores. Desde el Gobierno regional destacan que la compatibilización entre estudio y empleo resulta clave para mejorar la empleabilidad y fortalecer el tejido productivo.

Además, la medida busca reconocer el esfuerzo de quienes sostienen una actividad laboral mientras avanzan en su formación académica. El incentivo se aplicará sobre los costes de matrícula en estudios oficiales y tendrá un tope anual definido.

¿En qué consiste la nueva deducción autonómica?

La deducción permitirá desgravar el 50% del importe abonado en matrículas universitarias o de Formación Profesional de Grado Superior.

El límite máximo anual será de 400 euros por contribuyente, independientemente del coste total de los estudios.

El beneficio se aplicará en el tramo autonómico del IRPF y estará disponible a partir de la declaración correspondiente al ejercicio 2026.

La normativa contempla únicamente estudios oficiales y exige que la matrícula abarque el curso completo.

Desde la Comunidad de Madrid subrayan que el objetivo central consiste en estimular la formación reglada sin desalentar la inserción laboral temprana. La política fiscal actúa así como una herramienta de acompañamiento para trayectorias educativas más largas.

¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios?

El primer requisito establece que el contribuyente tenga menos de 30 años durante el ejercicio fiscal. Además, deberá acreditar una actividad laboral por cuenta propia o ajena durante al menos 300 días, con alta efectiva en la Seguridad Social.

Autorizado por la Seguridad Social | Los pensionistas nacidos entre 1960 y 1970 podrán acceder al 100% de la jubilación.
Autorizado por la Seguridad Social | Los pensionistas nacidos entre 1960 y 1970 podrán acceder al 100% de la jubilación.

La norma exige también que la actividad laboral y la formativa coincidan durante un mínimo de cinco meses. Quedan excluidos de forma expresa los contratos de formación, por lo que las prácticas no habilitan el acceso a esta deducción.

Por último, será obligatorio conservar los justificantes de pago de la matrícula y la documentación que acredite tanto la inscripción académica como el período de trabajo compatible con los estudios. Estos documentos podrán ser requeridos en caso de comprobación tributaria.