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La Agencia Tributaria en España sigue adaptando sus normas para hacer frente a la digitalización de los pagos y al uso creciente de tarjetas, Bizum y otros medios electrónicos. El objetivo oficial es reducir el fraude fiscal y tener una visión más clara de los flujos de dinero de particulares y profesionales, tanto para la declaración del IRPF como para otras obligaciones tributarias.

A partir del 1 de enero de 2026, los bancos y las entidades de pago estarán obligados a enviar a Hacienda un informe anual con los datos de todas las personas que realicen movimientos con tarjeta que superen los 25.000 euros al año, incluidos pagos con tarjetas crédito, débito y medios digitales vinculados a cuentas bancarias.

Hacienda recopilará nuevos informes de bancos y entidades de pago para detectar discrepancias fiscales.
Hacienda recopilará nuevos informes de bancos y entidades de pago para detectar discrepancias fiscales.

Qué implica el informe anual que enviarán los bancos

La nueva medida forma parte de una actualización normativa que elimina antiguos umbrales y amplía la información que las entidades financieras deben remitir a la Agencia Tributaria. Hasta ahora, solo se exigía dar detalles sobre ciertas operaciones significativas o movimientos vinculados al blanqueo de capitales, pero la reforma amplía este control al ámbito de los pagos electrónicos de uso habitual.

En la práctica, si una persona utiliza su tarjeta para compras, servicios o pagos diversos y la suma de estos movimientos supera 25.000 euros en un año natural, el banco o la entidad de pago —incluidas plataformas modernas como Revolut o tarjetas virtuales— deberá enviar un informe anual a Hacienda con esa información. Este documento incluirá el importe total de los cargos y abonos, así como los datos del titular de la tarjeta.

Esta medida no obliga al usuario a declarar manualmente estos pagos en su declaración de la renta, ya que el reporte lo hace directamente la entidad financiera. Sin embargo, Hacienda podrá cruzar estos datos con la información fiscal del contribuyente para detectar discrepancias o posibles ingresos no declarados.

Cómo afecta a particulares, autónomos y empresas

Para la mayoría de los ciudadanos que utilizan la tarjeta de forma cotidiana (por ejemplo, en compras del día a día o pagos online) este umbral de 25.000 euros anuales puede parecer alto y poco frecuente. Aun así, para familias con gastos elevados o personas que usan su tarjeta en numerosas transacciones, esta medida pondrá esos movimientos bajo la lupa de la Agencia Tributaria.

En el caso de autónomos y empresas, los cambios que entran en vigor el próximo año son aún más amplios. Las entidades bancarias deberán informar mensualmente de todos los cobros y pagos electrónicos que reciban estos profesionales a través de tarjetas y métodos como Bizum, sin importar su importe. Esto elimina el antiguo umbral de 3000 euros que se aplicaba para ciertas notificaciones.

Esta actualización responde a la creciente digitalización del comercio y de los servicios profesionales, donde las transacciones con tarjetas y pagos móviles han reemplazado en buena medida al efectivo. Hacienda busca tener información más actualizada y detallada para cruzarla con los ingresos declarados por autónomos y empresas, reduciendo así el margen para irregularidades fiscales.

Qué movimientos quedan excluidos y qué se considera un dato personal

Es importante destacar que Hacienda no recibirá cada detalle de gasto (por ejemplo, compra por compra), sino un resumen anual de los movimientos que superen el umbral establecido por tarjeta. Esto significa que los bancos no informarán a la Agencia Tributaria sobre cada café o compra individual realizada por el usuario, sino sobre el total consolidado de gastos y pagos que supere los 25.000 euros en un año.

Además, esta obligación de información se aplica por tarjeta individual. Si un contribuyente utiliza varias tarjetas que por separado no superan los 25.000 euros, ninguna de ellas activará el requisito de envío de informe. Pero si solo uno de esos plásticos supera el umbral, ese informe sí será remitido a Hacienda.

Por otro lado, el cambio no afecta a todas las operaciones entre particulares. Los pagos con aplicaciones móviles como Bizum seguirán excluidos de este informe anual cuando se usen entre particulares sin ánimo de actividad comercial, aunque sí se seguirán si están vinculados a actividades económicas o profesionales.

Por qué Hacienda impulsa este cambio y qué se espera de él

La Agencia Tributaria justifica estas nuevas obligaciones de información como un paso necesario para adaptarse a los hábitos de consumo actuales y reforzar la lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida. Los ingresos y gastos mediante tarjetas y aplicaciones digitales representan una parte cada vez mayor del dinero que circula en España. Conocer esta información permite al fisco cruzar datos con la declaración de la renta y otros impuestos de forma más precisa.

La medida afecta a particulares, autónomos y empresas que concentren pagos elevados en una misma tarjeta.
La medida afecta a particulares, autónomos y empresas que concentren pagos elevados en una misma tarjeta.

Para los expertos fiscales, esta medida supone un avance en términos de transparencia financiera, aunque también plantea retos en términos de privacidad y gestión de datos. En cualquier caso, no implica ninguna prohibición o restricción de uso de tarjetas para los ciudadanos: se trata de una obligación de información que gestionan las entidades, no los usuarios directamente.

La reforma entra en vigor el 1 de enero de 2026, y las primeras remisiones de estos informes anuales por parte de bancos y entidades de pago se esperan hacia finales de ese mismo año, con datos acumulados del ejercicio.