

La Seguridad Social españolaha confirmado ajustes en la edad de acceso a la jubilación. Se trata de un paso más en el proceso gradual de adaptación del sistema de pensiones, con el objetivo de garantizar su sostenibilidad a largo plazo. Estas modificaciones buscan equilibrar el número de años cotizados con la edad ordinaria de retiro.
En ese contexto, la medida afectará tanto a los trabajadores en activo que se aproximan al final de su vida laboral como a quienes planifican su jubilación en los próximos años.
De ese modo, la nueva normativa endurece los requisitos, pero también contempla excepciones y modalidades específicas que permiten anticipar la edad de retiro bajo determinadas condiciones.
Según ha explicado el organismo, los cambios responden a la necesidad de adaptar el sistema de pensiones al incremento en la esperanza de vida y a las proyecciones demográficas, en un contexto en el que la protección social sigue siendo uno de los pilares fundamentales del Estado.

Cambios en la jubilación: a partir de cuándo entran en vigor
A partir del 1 de enero de 2026, solo podrán jubilarse a los 65 años con el 100% de la pensión quienes hayan acumulado al menos 38 años y 3 meses de cotización. En caso contrario, la edad ordinaria de retiro se establecerá en los 66 años y 10 meses.
En 2027, este umbral se incrementará levemente: quienes acrediten 38 años y 6 meses o más podrán retirarse a los 65 años, mientras que aquellos con menos tiempo cotizado deberán esperar hasta cumplir los 67 años.

Esto refleja una transición paulatina hacia un sistema más exigente en términos de aportes previos. La reforma también introduce beneficios para familias y autónomos, con mejoras en el cálculo de pensiones, aunque acompañadas de mayores requisitos.
En cuanto a los períodos de cotización, estos se calculan en días y luego se transforman en años y meses completos, sin contabilizar fracciones. También se reconocen como tiempo cotizado ciertos beneficios, como excedencias por cuidado de hijos, períodos asimilados por parto y otros contemplados en la legislación vigente.
Jubilación: pensiones medias, mínimas y máximas actuales
En 2025, la pensión media del sistema contributivo asciende a 1507,55 euros mensuales para los jubilados, mientras que la media general de pensiones se sitúa en 1312,95 euros mensuales.
La pensión mínima de jubilación depende de las circunstancias familiares, aunque las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez están fijadas en 7905,80 euros anuales para 2025.
Por su parte, la pensión máxima contributiva queda establecida en 3267,60 euros mensuales, o lo que equivale a 45.746,40 euros anuales distribuidos en 14 pagas.
Cambios en la edad jubilatoria: cuáles son las excepciones
La edad ordinaria de jubilación puede variar en casos especiales. Entre las excepciones se incluyen las siguientes:
- Jubilación anticipada: desde los 60 años (mutualistas) o 61 (no mutualistas).
- Jubilación parcial, flexible o especial a los 64 años en casos específicos.
- Colectivos con regímenes especiales: mineros, ferroviarios, artistas, taurinos, bomberos, Ertzaintza.
- Trabajadores con discapacidad reconocida (45% o 65%).
- En ningún caso antes de los 52 años, salvo regímenes especiales ya establecidos.













