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Es habitual que muchos contratos incluyan una jornada de “lunes a domingo”, sobre todo en sectores esenciales como sanidad, seguridad o transporte. Estos servicios funcionan todo el año y requieren disponibilidad amplia. Sin embargo, este esquema no puede modificar la jornada fija sin negociación previa.

El conflicto surge cuando un trabajador con un horario de 40 horas de lunes a viernes recibe la orden de trabajar fines de semana. Si la empresa se ampara en una cláusula genérica de disponibilidad, pero altera de forma profunda la jornada, se vulnera el Estatuto de los Trabajadores.

La referencia es clara. Una reciente sentencia del Tribunal Supremo, que “ha anulado la obligación de trabajar en sábado y domingo si hacerlo modifica sustancialmente la jornada fijada en un principio”, marca un precedente clave.

El caso de los 42 empleados: la cláusula de lunes a domingo no justificaba el cambio

El fallo del Supremo se basa en una denuncia presentada por 42 trabajadores, representados por la CGT. La empresa pretendía que acudieran también sábados y domingos, argumentando que su contrato incluía una cláusula que permitía trabajar “de lunes a domingo con dos días libres a la semana”.

Los empleados sostenían que, pese a esa cláusula, su jornada real siempre había sido de lunes a viernes. El cambio, por lo tanto, alteraba de forma radical la organización de su vida personal y laboral.

El Supremo concluyó que la compañía no podía usar una cláusula genérica para imponer un cambio que afectaba a la estructura esencial de la jornada.

El artículo 41 del Estatuto: negociar es obligatorio antes de modificar la jornada

El núcleo del conflicto está en la ausencia de negociación. Según el relato judicial, “esto ocurrió sin que existiera negociación previa”, lo que llevó a los trabajadores a presentar su recurso.

El artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores exige que cualquier “modificación sustancial de la jornada” sea pactada entre empresa y empleados. Esto incluye horarios, descansos y distribución semanal.

Sin acuerdo previo, el cambio no es válido. El Supremo destacó que la empresa se saltó este requisito con una decisión que afectaba a la rutina laboral de forma profunda.

El fallo del Supremo: imponer fines de semana es nulo si altera la jornada inicial

La sentencia es contundente: “el Supremo ha terminado fallando a favor de los trabajadores, declarando nula la decisión empresarial”. El tribunal estableció que añadir trabajo en sábado y domingo constituye una modificación esencial.

El fallo subraya que la jornada pactada al inicio es un elemento estructural del contrato. Cambiarla exige diálogo y acuerdo. Al no haberlo, la decisión carece de validez.

Esta resolución marca un precedente y refuerza la protección del trabajador ante modificaciones unilaterales.