

Para quienes compraron su vivienda habitual en España antes de 2013, existe una deducción fiscal en la declaración del IRPF que sigue vigente a pesar de haber sido oficialmente abolida para compras posteriores a esa fecha. Aunque no se trata de un nuevo subsidio ni de un ingreso directo, este beneficio puede suponer devoluciones de hasta 1356 euros al año si se cumplen los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria.
Esta ventaja fiscal es especialmente relevante para pensionistas y propietarios mayores que aún mantienen un préstamo hipotecario asociado a esa casa. La clave no es solo haber adquirido la vivienda antes de 2013, sino continuar realizando pagos deducibles que la normativa permite aplicar en la declaración de la renta.

Quiénes pueden optar a la deducción de hasta 1356 euros
El beneficio fiscal conocido como deducción por inversión en vivienda habitual se eliminó para nuevas compras a partir del 1 de enero de 2013, pero el régimen transitorio permite que quienes ya tenían derecho a aplicarla antes de esa fecha continúen beneficiándose de ella.
Según las reglas de la Agencia Tributaria, se puede seguir aplicando esta deducción si se cumple alguna de estas condiciones: haber comprado la vivienda habitual antes de 2013, haber pagado cantidades para su construcción o rehabilitación antes de esa fecha, o haber realizado obras o adaptaciones siempre que esas inversiones estuvieran finalizadas antes de 2017 y se cumplieran los demás requisitos del régimen.
La deducción consiste en poder restar de la cuota íntegra del IRPF el 15% de las cantidades satisfechas durante el año por amortización de hipoteca (capital e intereses), con una base máxima de 9040 euros al año. Esto da lugar a un ahorro fiscal de hasta 1356 euros por ejercicio para cada contribuyente que cumpla con los requisitos.
Es importante destacar que no basta con ser titular de una vivienda pre-2013: la persona debe seguir realizando pagos deducibles, normalmente ligados a la hipoteca, para activar el derecho a la deducción en su declaración. Quienes ya terminaron de pagar su casa y no tienen cargos financieros vinculados no pueden beneficiarse de esta ayuda.
Cómo se aplica en la práctica y quiénes se benefician más
Los pensionistas y contribuyentes mayores suelen ser los grupos más directamente afectados por esta deducción, sobre todo si adquirieron su vivienda hace décadas y siguen amortizando parte del préstamo hipotecario. Este grupo puede ver un alivio fiscal importante en el IRPF, ya que muchos de ellos tienen ingresos estables y más simples en su declaración, lo que hace que el efecto de la deducción sea más perceptible.
Para optar al máximo beneficio, el titular debe haber abonado anualmente cuotas de hipoteca superiores a 754 euros al mes aproximadamente, de modo que el 15 % de la base deducible alcance el tope. En caso de pagos menores, la deducción será proporcional al monto efectivamente pagado en el ejercicio.
La deducción se aplica directamente en el modelo de declaración del IRPF, siempre y cuando el contribuyente incluya correctamente las casillas correspondientes a la inversión en vivienda habitual. Revisar el borrador de la declaración con atención puede evitar que se pierda este beneficio, que en muchos casos ha quedado olvidado por los contribuyentes con el paso del tiempo.
Además, una interpretación más reciente del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha ampliado el alcance de la deducción al permitir que ciertos pagos asociados a la cancelación de la hipoteca tras la venta de una vivienda también se consideren deducibles cuando se cumplan los criterios del régimen transitorio, abriendo la puerta a posibles devoluciones incluso para quienes vendieron su inmueble.
Requisitos adicionales y cómo reclamar el beneficio
Para acceder a esta ayuda fiscal no basta con haber comprado la casa antes de 2013: la vivienda debe haber sido la residencia habitual del contribuyente, lo que en términos fiscales implica que se haya utilizado de forma continua y efectiva como domicilio principal. Esta condición suele requerir pruebas como empadronamientos, recibos y confirmaciones en la declaración de la renta.
Los contribuyentes que compraron después de 2013 no pueden acogerse a esta deducción, salvo que acrediten que realizaron pagos relacionados con la construcción o ampliación de la vivienda en períodos anteriores a esa fecha y cumplieron con todas las condiciones del régimen especial.

Quienes crean que tienen derecho a la deducción, pero no la han aplicado en ejercicios anteriores pueden presentar declaraciones rectificativas de los años no prescritos (generalmente los últimos cuatro ejercicios fiscales) para reclamar cantidades que podrían haber dejado de deducir. Esto es especialmente relevante en casos en los que se ignoró la deducción por desconocimiento.
También conviene asesorarse con un profesional fiscal para evitar errores y asegurarse de que se cumplen todos los requisitos formales, ya que la Agencia Tributaria puede pedir documentación justificativa durante una comprobación o una posible devolución.
La deducción por inversión en vivienda habitual para quienes compraron su casa antes de 2013 sigue siendo un alivio fiscal relevante para miles de contribuyentes en España, especialmente pensionistas, siempre que sigan pagando cuotas deducibles en su declaración del IRPF y cumplan con los criterios del régimen transitorio.














