El programa de ayudas para la rehabilitación de viviendas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ofrece hasta 6000 euros por vivienda para mejoras de eficiencia energética y accesibilidad. Esta subvención, gestionada por las comunidades autónomas, está disponible para propietarios, inquilinos y comunidades de vecinos que quieran reformar su vivienda habitual. En 2026, el plazo de solicitud continúa abierto en la mayoría de regiones, aunque con presupuesto limitado.
El objetivo de estas ayudas es mejorar la calificación energética de los edificios residenciales y facilitar la accesibilidad, reduciendo el consumo energético y las emisiones de CO2. Las obras cubiertas van desde el cambio de ventanas hasta la instalación de ascensores o rampas, según establece el Real Decreto 853/2021 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
¿Quiénes pueden solicitar la ayuda de 6000 euros?
Pueden acceder a esta subvención los siguientes grupos:
- Propietarios de viviendas unifamiliares o en edificios plurifamiliares que sean residencia habitual
- Inquilinos con autorización expresa del propietario para realizar las obras
- Comunidades de propietarios que ejecuten obras de mejora en zonas comunes
- Propietarios de viviendas en alquiler social o destinadas al alquiler asequible
- No hay restricciones de edad ni de nivel de ingresos para esta modalidad general
- La vivienda debe estar situada en España y contar con más de 15 años de antigüedad
Casos especiales: Las comunidades autónomas pueden establecer requisitos adicionales o priorizar solicitudes según criterios socioeconómicos, zona geográfica o nivel de mejora energética previsto. Consulta el portal específico de tu región en la web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
¿Cuánto dinero se recibe y cómo se cobra?
El monto de la ayuda varía según el tipo de actuación:
- Hasta 6000 euros por vivienda para mejoras de eficiencia energética en edificios residenciales colectivos
- Hasta 3000 euros por vivienda para actuaciones en viviendas unifamiliares
- Porcentaje sobre el coste elegible: La subvención cubre entre el 40% y el 80% del coste total de la obra, dependiendo de la mejora de eficiencia conseguida
Forma de cobro: El pago se realiza mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud, generalmente después de la justificación de las obras ejecutadas. En algunos casos, es posible solicitar un anticipo del 50%.
Compatibilidad: Estas ayudas son compatibles con deducciones fiscales por obras de mejora de eficiencia energética en el IRPF, pero no con otras subvenciones para las mismas obras. Además, Hacienda puede devolver hasta 9000 euros si cumples con los requisitos de mejora energética.
El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) ofrece información adicional sobre la combinación de ayudas.
Cómo solicitar la ayuda paso a paso
- Consulta el portal de tu comunidad autónoma para verificar que el programa esté abierto en tu región (cada autonomía gestiona sus propios plazos): Comunidad de Madrid, Generalitat de Catalunya, Junta de Andalucía
- Solicita un informe técnico a un profesional cualificado que certifique la mejora energética prevista o la necesidad de accesibilidad
- Reúne toda la documentación requerida (ver apartado siguiente)
- Accede a la sede electrónica de tu comunidad autónoma o al portal habilitado para estas ayudas
- Rellena el formulario de solicitud online con tus datos personales, información de la vivienda y descripción de las obras
- Adjunta la documentación en formato PDF (máximo 10 MB por archivo)
- Firma digitalmente con certificado digital, Cl@ve o sistema equivalente, y envía la solicitud
Documentación necesaria
Deberás presentar los siguientes documentos:
- DNI o NIE del solicitante (copia digital)
- Certificado de eficiencia energética actual de la vivienda (original)
- Proyecto técnico o memoria de las obras a realizar, firmado por técnico competente
- Presupuesto desglosado de las actuaciones (mínimo dos ofertas comparativas)
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento si eres inquilino
- Certificación catastral de la vivienda (descargable en Sede Electrónica del Catastro)
- Documento de autorización del propietario si eres inquilino (original firmado)
- Acta de la junta de propietarios aprobando las obras (para comunidades)
- Cuenta bancaria donde recibir el ingreso (certificado IBAN)
Todos los documentos técnicos deben estar firmados por profesional colegiado. Las copias pueden ser digitalizadas, pero debes conservar los originales.
Plazos y fechas importantes
Inicio del plazo: Varía según la comunidad autónoma. La mayoría mantienen convocatorias abiertas desde enero de 2026.
Fin del plazo: Consulta la web de tu autonomía. Generalmente, hasta agotar presupuesto o hasta diciembre de 2026.
Respuesta a la solicitud: Entre 3 y 6 meses desde la presentación de la solicitud completa.
Justificación de obras: Tienes entre 12 y 18 meses desde la concesión para ejecutar y justificar las obras.
Pago de la ayuda: Entre 2 y 4 meses después de presentar la justificación y el certificado final de obra.
No dejes pasar esta oportunidad de mejorar tu vivienda con una ayuda de hasta 6000 euros. Consulta el BOE con la normativa completa o el portal del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana para más información sobre el programa de rehabilitación residencial. Recuerda que el presupuesto es limitado y las solicitudes se atienden por orden de presentación.
Y, si vives en Madrid, también puedes consultar el Plan Rehabilita Madrid que ofrece hasta 10.000 euros para reformas.