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En España, la pensión de viudedad es una prestación de la Seguridad Social destinada a ofrecer sustento económico a cónyuges o parejas de hecho de una persona fallecida. Según los últimos datos oficiales, en el país se registran 2,3 millones de pensiones de viudedad, según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

En algunos casos, también pueden beneficiarse personas en situación de divorcio, separación, nulidad matrimonial o extinción de la pareja de hecho respecto a la persona fallecida. Sin embargo, la Seguridad Social establece una serie de requisitos que deben cumplirse para acceder a esta prestación y conservarla.

A pesar de que la pensión de viudedad es vitalicia, existen algunos casos en los que la prestación podría extinguirse de forma definitiva por un conjunto de razones legales, salvo en casos excepcionales.

Pensión de viudedad: el Gobierno se la quitará a las personas que no cumplan estos requisitos. Fuente: Shutterstock/Autor: Fizkes
Pensión de viudedad: el Gobierno se la quitará a las personas que no cumplan estos requisitos. Fuente: Shutterstock/Autor: FizkesShutterstock

Cuáles son los requisitos para acceder a la pensión de viudedad

Respecto a los requisitos de la persona fallecida, se exige que estuviera afiliada y en alta o situación asimilada en la Seguridad Social, con al menos 500 días cotizados dentro de los cinco años anteriores al fallecimiento. Si no estaba en alta, debería haber cotizado al menos 15 años. En caso de muerte por accidente o enfermedad profesional, no se exige un período mínimo de cotización.

Por otro lado, también existen requisitos para las personas beneficiarias de la pensión por viudedad. En general, la condición principal radica en haber sido cónyuge o pareja de hecho de la persona fallecida y no haber formado un nuevo matrimonio o unión tras su deceso.

Asimismo, las personas divorciadas o separadas judicialmente de una persona fallecida podrán acceder a la pensión en caso de no haber contraído matrimonio o en el caso de recibir una compensación económica por divorcio o separación que se extinga con el fallecimiento.

También pueden acceder a la prestación quienes hayan mantenido un matrimonio declarado nulo con la persona fallecida, siempre que no se hayan vuelto a casar ni formado una nueva pareja de hecho y hayan recibido una indemnización.

Por último, las mujeres víctimas de violencia de género por parte de la persona fallecida podrán acceder a la asistencia sin exigir la pensión compensatoria, siempre que esa situación pueda acreditarse.

En qué casos se puede perder la pensión de viudedad

Si bien la pensión de viudedad es vitalicia, existen ciertas situaciones que pueden llevar a su extinción. Entre los principales motivos legales se encuentran:

  • Contraer nuevo matrimonio o formar una nueva pareja de hecho (salvo ciertas excepciones).
  • Fallecimiento del propio beneficiario de la pensión.
  • Declaración de culpabilidad por sentencia firme en la muerte del causante.
  • Condena por un delito doloso de homicidio o lesiones hacia la persona que originó la prestación, aunque pueden existir excepciones si hay una reconciliación.
  • Verificación de que el fallecimiento del causante no fue por accidente, si esa fue la causa declarada para conceder la pensión.
  • Comprobación de que el causante no había fallecido (en casos de declaración de fallecimiento por desaparición).
Pensión de viudedad: el Gobierno se la quitará a las personas que no cumplan estos requisitos. Fuente; Shutterstock/Autor: Photographee.eu.
Pensión de viudedad: el Gobierno se la quitará a las personas que no cumplan estos requisitos. Fuente; Shutterstock/Autor: Photographee.eu.

Qué ocurre si dejo de cumplir con alguno de estos requisitos

Si el beneficiario se casara de nuevo o registrara una nueva pareja de hecho, se puede mantener la pensión de viudedad en caso de ser mayor de 61 años o menor si se tiene reconocida una incapacidad permanente. Asimismo, la asistencia puede mantenerse si es la principal fuente de ingresos del beneficiario y representa al menos el 75% del total de sus ingresos anuales.

De la misma manera, en caso de que los ingresos anuales de la nueva unidad familiar no superen dos veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, se conserva la pensión por viudedad.

Por otro lado, el monto de la pensión de viudedad se calcula aplicando un porcentaje del 52% sobre la base reguladora del fallecido. La cuantía final mensual dependerá de la causa de muerte y de las circunstancias económicas y familiares del beneficiario.

De esta forma, puede subir al 60% si la persona beneficiaria tiene 65 años o más y cumple determinados requisitos, y alcanzar el 70% en casos con cargas familiares y bajos ingresos.