

Miles de jubilados y pensionistas españoles que residen en el extranjero deben cumplir con un trámite obligatorio para evitar la suspensión de su prestación. La Seguridad Social exige la presentación de un documento conocido como “fe de vida”, una acreditación que confirma que el beneficiario continúa con vida y mantiene el derecho a cobrar su pensión.
La obligación afecta exclusivamente a quienes cobran una pensión española y viven fuera del país. En caso de no presentar esta documentación dentro de los plazos establecidos, el organismo puede interrumpir el pago mensual de manera automática hasta que el pensionista regularice su situación.
La medida busca garantizar el correcto funcionamiento del sistema de prestaciones y evitar pagos indebidos. Aunque la suspensión no implica la pérdida definitiva de la pensión, sí puede provocar que el beneficiario deje de percibir sus ingresos durante un período indeterminado.
¿Qué documento deben presentar los jubilados para seguir cobrando la pensión?
La denominada “fe de vida” es un certificado que acredita oficialmente que el pensionista sigue vivo. Este requisito se aplica a los jubilados y pensionistas que residen fuera de España y debe presentarse periódicamente ante la Seguridad Social.

Durante 2026, la segunda fecha de control vence el próximo 30 de septiembre. Los beneficiarios que no acrediten su situación dentro de ese plazo podrían ver suspendido el cobro mensual de su prestación hasta que completen el procedimiento correspondiente.
Según los datos oficiales, más de 33.000 pensionistas españoles que viven en el extranjero están sujetos a este procedimiento. Por ese motivo, las autoridades recuerdan cada año la importancia de completar el trámite dentro de los tiempos establecidos.
¿Cómo se puede acreditar la fe de vida y qué cambiará en 2027?
Los pensionistas cuentan con varias alternativas para presentar la documentación. Una de las opciones más rápidas consiste en utilizar la aplicación móvil VIVESS, que permite verificar la identidad mediante reconocimiento facial en pocos segundos.

También es posible realizar el trámite a través de los consulados españoles en el país de residencia o enviar un certificado legalizado por un notario para que sea validado por la Seguridad Social. Estas vías continúan disponibles para quienes prefieren efectuar el procedimiento de manera tradicional.
A partir de 2027, los controles serán más frecuentes. La Seguridad Social exigirá la presentación de la fe de vida tres veces al año, concretamente en enero, mayo y septiembre. Con esta modificación, el organismo reforzará el seguimiento de las prestaciones abonadas a pensionistas que residen fuera de España y aumentará la periodicidad de las verificaciones.









