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Los dueños de perros y gatos en España deberán adaptarse en los próximos años a una nueva normativa de la Unión Europea que establece la identificación obligatoria mediante un microchip.

El objetivo es mejorar la trazabilidad de estos animales y combatir la cría y la venta ilegal. El cambio está recogido en el Reglamento (UE) 2026/1818, relativo al bienestar y la trazabilidad de perros y gatos.

La norma establece que todos estos animales mantenidos por propietarios, establecimientos u otras personas físicas o jurídicas deberán estar identificados individualmente mediante un microchip legible y único. Sin embargo, la normativa establece distintas fechas de aplicación según quién sea responsable del animal.

¿Quién tendrá que colocar un microchip a sus perros y gatos?

La normativa establece que todos los perros y gatos deberán contar con un transpondedor inyectable provisto de un microchip legible. Este dispositivo tendrá un número de identificación único y deberá cumplir los estándares técnicos establecidos por la Unión Europea.

Además, en el caso de los animales nacidos en establecimientos de cría, deberán ser identificados dentro de los tres primeros meses de vida. Los establecimientos de venta, refugios y determinadas casas de acogida también deberán asegurarse de que los animales estén identificados correctamente.

Por otro lado, para los particulares, la norma establece que cada perro o gato deberá estar identificado como máximo cuando cumpla tres meses de edad o, si se vende antes, previamente a esa operación. La implantación deberá realizarla un veterinario, aunque los Estados miembros podrán autorizar a otras personas cualificadas.

Además del microchip, el animal tendrá que quedar registrado en la base de datos nacional, que permitirá vincular su identificación con la información necesaria para rastrear su procedencia y responsable.

Los perros y gatos deberán portar un microchip legible y estar registrados en la base de datos nacional (foto: Shutterstock)Shutterstock

¿Desde cuándo será obligatorio el microchip para perros y gatos?

En cuanto a la fecha de entrada en vigencia de la normativa, para operadores y personas que comercialicen perros y gatos, los requisitos de identificación y registro comenzarán a aplicarse a partir del 31 de agosto de 2030.

En el caso de los propietarios particulares que no comercialicen perros, la obligación se aplicará desde el 31 de agosto de 2036. Para quienes tengan gatos y tampoco los comercialicen, el plazo comenzará el 31 de agosto de 2041.

Los animales que ya estén correctamente identificados mediante un microchip conforme al Derecho nacional o europeo antes del 31 de agosto de 2028 serán considerados conformes, siempre que el dispositivo continúe siendo legible.

La intención de Bruselas es crear un sistema de identificación más homogéneo en toda la Unión Europea, con bases nacionales conectadas y mecanismos que permitan comprobar de dónde procede cada animal y quién es su responsable.