En España, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha comunicado que, de forma excepcional, las personas mayores de 60 años podrán percibir la pensión de orfandad si cumplen determinados requisitos. Entre ellos, figura haber tenido reconocida, antes de los 21 años, una discapacidad con grado de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez.
Esta prestación supone un apoyo económico para los hijos de personas fallecidas y busca paliar la pérdida de ingresos en el hogar y asegurar su protección económica.
Cobrar pensión de orfandad después de los 60
De acuerdo con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el requisito fundamental es que la persona huérfana tenga reconocida una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez, y que dicha situación se haya producido antes de cumplir los 21 años, o mientras ya era beneficiario de la pensión de orfandad.
En estos casos, la pensión no se extingue al alcanzar una determinada edad y puede mantenerse indefinidamente. Sin embargo, además de esta condición, resulta esencial cumplir con los siguientes requisitos:
- Acreditar la incapacidad mediante informes médicos y resolución oficial del INSS.
- Demostrar que la incapacidad existía en el momento requerido, aunque se reconozca después del fallecimiento del progenitor.
Requisitos que debe cumplir el progenitor fallecido según la Seguridad Social
- Haber cotizado un mínimo de 500 días en los últimos cinco años, en caso de estar en alta o en situación asimilada.
- No se requiere cotización si el fallecimiento se produjo a causa de un accidente laboral o de una enfermedad profesional.
Cuánto se cobra de pensión de orfandad
La pensión de orfandad se encuentra sujeta a múltiples factores que influyen en la cantidad de la prestación, tales como la base reguladora del progenitor fallecido, las condiciones de la orfandad (simple o absoluta), el número de beneficiarios y las regulaciones vigentes en la Seguridad Social.
Adicionalmente, se deberán considerar los siguientes elementos para definir la base reguladora de la persona difunta, a fin de establecer qué importe de pensión le corresponde a su descendiente, el cual es el beneficiario legal:
- Si el difunto se encontraba en alta o en situación asimilada, se toma como referencia su base de cotización, conforme a las normativas específicas establecidas por la Seguridad Social.
- Si no estaba en alta, la base se calcula sobre las cotizaciones acumuladas a lo largo de su trayectoria laboral.
- Si era pensionista, se emplea la cantidad que estaba percibiendo como pensión.
Asimismo, en escenarios de orfandad absoluta, las personas que quedan huérfanas de padre y madre tienen la posibilidad de recibir un aumento en la cantidad total de la pensión, conforme a los límites establecidos por la Seguridad Social.