El Ministerio del Interior se ha propuesto como objetivo fuerte para este 2024 reducir la siniestralidad. Por eso, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado un cambio en los límites de velocidad de los radares en las carreteras españolas para este verano.
La medida ya está implantada desde junio y viene a ajustar más aún la velocidad a la que saltan estos dispositivos de control de velocidad, que pueden ser fijos y móviles.
Por regla general, estos cuentan con un pequeño margen de error que se ha reajustado, reduciendo así el margen de tolerancia.
Cómo cambian los radares de la DGT a partir de junio
Hasta ahora la DGT se guiaba por la regla del 5 y la regla del 7. Es decir, que las carreteras que estaban limitadas a 100 kilómetros por hora o a una velocidad inferior tenían ese margen de error en el que saltaban los dispositivos de control de velocidad.
Al margen para multar se suma un 5% del permitido por encima del límite de los radares fijos y para los móviles ese margen sube en un 7%.
Ahora, desde junio, esto cambia, ya que la DGT ha dedicado aplicar nuevos límites este verano. A partir de este mes se aplica la regla del 3 y la regla del 5%.
Esto quiere decir que los vehículos que circulen por carreteras limitadas a 100 km por hora, los radares fijos permitirán un margen de error del 3%, y de un 5% para los móviles.
Las multas por exceso de velocidad
La DGT establece una serie de multas en los casos de exceso de velocidad y que comprenden varios tramos, dependiendo de la velocidad a la que circule el conductor sancionado. Las principales infracciones:
Multa de 100 euros sin pérdida de puntos:
- 20 km/h: entre 21 y 40 km/h.
- 30 km/h: de 31 a 50.
- 40 km/h: de 41 a 60.
- 50 km/h: de 51 a 70.
- 60 km/h: de 61 a 90.
- 70 km/h: de 71 a 100.
- 80 km/h: de 81 a 110.
- 90 km/h: de 91 a 120.
- 100 km/h: de 101 a 130.
Multa de 300 euros y 2 puntos menos
Conlleva pérdida de dos puntos en el carné:
- 20 km/h: entre 41 y 50 km/h.
- 30 km/h: de 51 a 60.
- 40 km/h: de 61 a 70.
- 50 km/h: de 71 a 80.
- 60 km/h: de 91 a 110.
- 70 km/h: de 101 a 120.
- 80 km/h: de 111 a 130.
- 90 km/h: de 121 a 140.
- 100 km/h: de 131 a 150.
Multa de 400 euros y 4 puntos menos
Conlleva pérdida de 4 puntos:
- 20 km/h: entre 51 y 60 km/h.
- 30 km/h: de 61 a 70.
- 40 km/h: de 71 a 80.
- 50 km/h: de 81 a 90.
- 60 km/h: de 111 a 120.
- 70 km/h: de 121 a 130.
- 80 km/h: de 131 a 140.
- 90 km/h: de 141 a 150.
- 100 km/h: de 151 a 170.
Multa de 500 euros y 6 puntos menos
A los conductores que cometen infracción se les quitan 6 puntos:
- 20 km/h: entre 61 y 70 km/h.
- 30 km/h: de 71 a 80.
- 40 km/h: de 81 a 90.
- 50 km/h: de 91 a 100.
- 60 km/h: de 121 a 130.
- 70 km/h: de 131 a 140.
- 80 km/h: de 141 a 150.
- 90 km/h: de 151 a 160.
- 100 km/h: de 161 a 170.
Multa de 600 euros y 6 puntos menos
Varía según velocidad máxima de la vía y a la que se circula:
- 20 km/h: más de 71 km/h.
- 30 km/h: más de 81.
- 40: km/h: más de 91.
- 50 km/h: más de 101.
- 60 km/h: más de 131.
- 70 km/h: más de 141.
- 80 km/h: más de 151.
- 90 km/h: más de 161.
- 100 km/h: más de 171.