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Muchas personas no lo saben, pero recibir llamadas, correos o mensajes deWhatsApp del trabajo fuera del horario laboralpuede salirle caro a la empresa si se repite sin justificación.

El derecho a desconectar del trabajo cuando termina la jornada no es solo una idea: está recogido en la ley desde 2018. Ese año se aprobó la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, que incorporó al Estatuto de los Trabajadores un artículo que protege la intimidad digital y el tiempo personal de los empleados.

Multarán a las empresas con más de 7500 euros si envían mensajes a sus empleados fuera de horario

Artículo 20 bis. Derechos de los trabajadores a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión.

Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Según este artículo, los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador y, además, a la desconexión digital fuera de su jornada laboral. Es decir, la empresa no puede imponer la obligación de responder mensajes, llamadas o correos electrónicos fuera de horario, salvo circunstancias excepcionales como emergencias o imprevistos que afecten a la producción, la seguridad o la actividad de la compañía.

A pesar de ello, muchos trabajadores siguen recibiendo mensajes fuera de su horario y los responden por miedo a quedar mal. Pero la ley es clara: no contestar fuera de la jornada no puede usarse como motivo para sancionar, amonestar o despedir a nadie.

Si la empresa insiste en estas prácticas de forma repetida, el empleado tiene derecho a presentar una queja ante recursos humanos o acudir al comité de empresa.

Multas por interrumpir la desconexión digital

Si la empresa no pone fin a esta situación, el trabajador puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo. La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) considera esta conducta una infracción grave, que puede acarrear multas de entre 751 y 7500 euros, según la gravedad del caso, su alcance y el tamaño de la empresa.